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  4. / Convocatoria general de subvencions 2022

Convocatoria general de subvenciones 2022

Con fecha 13 de diciembre de 2021, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) la Convocatoria General de Subvenciones 2022 para llevar a cabo proyectos, actividades y servicios de distrito y de ciudad durante el próximo año. En esta edición, el ámbito temático de Ciencia y Universidades (línea Y de la convocatoria) cuenta con una asignación presupuestaria de 400.000 euros.

El plazo de presentación de solicitudes es del 7 al 31 de enero de 2022 a las 23:59 horas, ambos incluidos. Es importante tener en cuenta que no se admitirá a trámite ninguna solicitud presentada fuera del plazo establecido. Además, será de obligatoriedad la presentación telemática de la solicitud. Asimismo, es imprescindible que las actividades aspirantes a la subvención se realicen en el término municipal de Barcelona, ​​no tengan ánimo de lucro y se lleven a cabo dentro del año objeto de la convocatoria o del curso escolar 2022-23, si así se especifica en el ámbito temático al que se concurra.

Línea Y – Ciencia y Universidades

Los proyectos que se presenten en la línea Y de Ciencia y Universidades pueden hacerlo en alguna de las cuatro siguientes modalidades:

Ya) Organización de congresos y eventos científicos y académicos en la ciudad

Esta modalidad tiene por objetivo subvencionar congresos y otros eventos científicos y académicos (jornadas, seminarios, presentaciones...) especialmente relevantes para la ciudad. Se trata de actividades enfocadas mayoritariamente a un público académico y de investigación para dar a conocer o debatir novedades y otras cuestiones vinculadas a la investigación o el conocimiento académico, más allá de que puedan estar abiertas al público en general. Los proyectos presentados en esta modalidad podrán recibir hasta un máximo de 20.000 euros.

Yb) Educación científica, cultura científica y divulgación de la investigación

La modalidad tiene por objetivo subvencionar propuestas de proyectos, acciones y/o actividades innovadoras de educación científica, cultura científica y divulgación científica o de la investigación, que se lleven a cabo en espacios públicos, equipamientos culturales, científicos y/o educativos (teniendo en cuenta la educación a lo largo de la vida) y que incorporen los valores de la Investigación Socialmente Responsable (RRI) y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Los proyectos solicitantes también podrán consistir en publicaciones periódicas o puntuales para promocionar la educación, la cultura y la divulgación científica. El importe máximo de la subvención será de 20.000 euros por proyecto.

Yc) Arte y ciencia

Subvenciones dirigidas a proyectos que pongan en valor la interrelación entre ciencia y arte, entendiendo la ciencia en todos los ámbitos posibles, desde las ciencias experimentales y la tecnología hasta las ciencias sociales y las humanidades. Los proyectos tendrán que tener en cuenta los lenguajes artísticos en interacción con los lenguajes más científicos y tecnológicos con el fin de afrontar, discutir o problematizar retos comunes de nuestro presente. El importe máximo de la subvención será de 10.000 euros por proyecto.

Yd) Apoyo a actividades de investigación sobre retos urbanos de la ciudad.

Esta modalidad tiene por objetivo apoyar, mediante la subvención de actividades o necesidades puntuales, a proyectos y grupos de investigación relevantes que aborden, especialmente desde la investigación aplicada, retos urbanos que tienen impacto relevante en la metrópolis de Barcelona y su ciudadanía . El importe máximo de la subvención será de 10.000 euros por proyecto.

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General call for grants 2022
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Estado

Convocatoria cerrada

Más información

  • Presentación de la sesión informativa (PDF 896.65 KB)
  • Portal de subvenciones del Ayuntamiento
  • Anuncio de la convocatoria en el BOPB
  • Resolución definitiva

Preguntas frecuentes

Pueden ser solicitantes de las subvenciones a las que hace referencia esta convocatoria las personas jurídicas y físicas que deban realizar la actividad prevista para su otorgamiento, con las particularidades que se concretan en el punto 15 “Requisitos y criterios de valoración específicos” de la convocatoria según el ámbito temático al que se concurra.

La persona solicitante tendrá que tener sede social o delegación en el término municipal de Barcelona, ​​excepto en los casos que se especifican en el punto 15 “Requisitos y criterios de valoración específicos” de la convocatoria, para ser persona beneficiaria.

El plazo de presentación de solicitudes será del 7 al 31 de enero de 2022 a las 23:59 horas, ambos inclusive. Cualquier solicitud presentada fuera de este plazo no será admitida a trámite.

Es obligatorio rellenar y presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, siguiendo las instrucciones indicadas en este portal de trámites y en el documento “Guía para la tramitación telemática de solicitudes” de la web municipal.

Para formalizar la solicitud es necesario aportar los siguientes documentos debidamente cumplimentados y firmados:

  • Documento básico 1: es la instancia de solicitud de subvención, que se cumplimentará mediante el formulario del trámite de solicitud de Portal de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona. Contiene una declaración responsable, que sustituye la presentación de documentación administrativa en el momento de la solicitud.
  • Documento básico 2: es el formulario descriptivo del proyecto. Es necesario presentarlo conjuntamente con el documento básico 1 (mediante modelo establecido y publicado en la web municipal de subvenciones o equivalente siempre y cuando contenga todos los datos del modelo establecido)

Cada solicitud presentada corresponderá a un solo proyecto, señalando un único código de modalidad (ámbito temático, programa específico y ámbito territorial) al que se quiere concurrir.

  • Que el proyecto tenga objetivos y finalidades coincidentes con lo que se establece en esta convocatoria.
  • Que las actividades o servicios complementen o suplan la competencia municipal en estas materias.
  • Que las actividades se realicen en el término municipal de Barcelona, ​​desde una dimensión de distrito o de ciudad, o fuera de ésta en caso de que se consideren de interés para la proyección exterior de la ciudad, o en el caso que lo prevea la modalidad correspondiente, que se acredite suficientemente la repercusión de estas actividades en la misma.
  • Que las actividades que se lleven a cabo sean sin ánimo de lucro; en caso contrario, deberá revertir en las propias actividades subvencionadas.
  • Que las actividades programadas se inicien y finalicen dentro del año objeto de la convocatoria o del curso escolar 2022-2023, si así se especifica en el ámbito temático al que se concurra.
  • Que las solicitudes presentadas eviten el lenguaje discriminatorio y/o sexista en su redacción y utilizar un lenguaje inclusivo e imágenes no estereotipadas en las comunicaciones internas y externas
  • Que las actividades o servicios que se propongan sean coherentes con los valores, las políticas y prácticas municipales, especialmente en cuanto a la sostenibilidad y la transversalidad de género.
  • El proyecto no será igual o similar a otros de la misma entidad/colectivo con los que el Ayuntamiento ya colabore en el marco de otra convocatoria de subvenciones o bien mediante subvención extraordinaria (directa, nominativa, con o sin convenio) o similar a algún contrato municipal.
  • Que el proyecto sea realizable teniendo en cuenta las circunstancias en el momento de presentación de la solicitud de subvención.

Ya) Organización de congresos y eventos científicos y académicos en la ciudad

  • El contenido científico o académico debe ser relevante en relación a las políticas de ciencia y universidades del Ayuntamiento de Barcelona ya los objetivos del Plan Barcelona Ciencia que se centra, a pesar de que no exclusivamente, al promover la investigación aplicada y que aplicada y que aborde cuestiones relevantes para el día a día de la ciudad de Barcelona y su ciudadanía.
  • El congreso o evento debe respetar los valores y principios del Ayuntamiento de Barcelona, ​​especialmente en lo que se refiere a igualdad de género, no discriminación, respeto y tolerancia a la diversidad y sensibilidad a la emergencia climática.

Yb) Educación científica, cultura científica y divulgación de la investigación

  • Que vinculen el ámbito científico o de investigación, y el mundo cultural y/o educativo (teniendo en cuenta la educación a lo largo de la vida) con el conjunto de la ciudadanía o con colectivos específicos pero no especializados.
  • Deben ser propuestas de nueva creación que se puedan llevar a cabo en espacios públicos o equipamientos culturales, científicos y/o educativos, o bien publicaciones, que contribuyan a generar nuevas propuestas/acciones de divulgación que incorporen lenguajes y formatos innovadores y que exploren la intersección de ámbitos y disciplinas.
  • Ser propuestas en formatos tanto digitales como no digitales o formatos híbridos que combinen lenguajes o medios.
  • Que los contenidos, objetivos o finalidad de las propuestas estén relacionados con centros de investigación, instituciones o equipamientos científicos, o grupos y actividades de investigación o de educación, cultura y divulgación científicas de Barcelona o su Área Metropolitana.

Yc) Arte y ciencia

  • Ser de nueva creación.
  • Tener en cuenta los lenguajes artísticos y científicos y tecnológicos.
  • Tener en cuenta los grandes retos de la ciudad.
  • Tiene que implicar a personas del ámbito artístico y del científico.
  • Ser de aplicación en el ámbito educativo a lo largo de la vida, el ámbito cultural o el científico.
  • Las propuestas tendrán que disponer, en caso de que el proyecto lo requiera para su difusión, todos los derechos de propiedad intelectual y de imagen asociados a la acción y/o obra final del proyecto, eximiendo al Ayuntamiento de Barcelona de cualquier responsabilidad al respecto.

Yd) Apoyo a actividades de investigación sobre retos urbanos de la ciudad

  • La investigación científica a la que se vincula la solicitud debe contribuir a la reflexión, ampliación del conocimiento y propuesta de respuestas innovadoras a los retos que tiene planteados Barcelona como ciudad y como conurbación metropolitana. No se trata de problemas que afecten exclusivamente a la ciudad y su área metropolitana pero sí tengan una especial relevancia en el día a día de la ciudad y la ciudadanía.
  • El contenido de investigación al que se vincula la solicitud debe ser relevante en relación a las políticas de ciencia y universidades del Ayuntamiento de Barcelona ya los objetivos del Plan Barcelona Ciencia 2020-2023 que se centra, aunque no exclusivamente , al promover la investigación aplicada y que aborde cuestiones relevantes para el día a día de la ciudad de Barcelona y su ciudadanía.
  • No se requiere presentar un proyecto de investigación original, pero sí explicar en qué proyecto u objetivo de investigación se enmarca la actividad o necesidad que se solicita cubrir y cómo su subvención repercute positivamente en la continuación de actividades de investigación relevantes en el sentido de los requisitos anteriores.

Serán subvencionables los siguientes gastos en la medida en que respondan de forma indudable a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen dentro del plazo de ejecución del proyecto, actividad o servicio, siempre que el ámbito temático al que se concurre no indique el contrario al punto 15 "Requisitos y criterios de valoración específicos" de la convocatoria:

  • Nómina y Seguridad Social del personal fijo y eventual a cargo de la persona jurídica o física.
  • Alquileres: arrendamiento de bienes inmuebles y bienes muebles.
  • Suministros: agua, electricidad, gas y combustibles.
  • Comunicaciones: teléfono, correo, mensajería.
  • Material fungible de oficina: papel, impresos, fotocopias y otro material de oficina.
  • Seguros.
  • Material técnico o de producción fungible necesario para el desarrollo de la actividad.
  • Trabajos realizados por otras empresas: limpieza, seguridad, mantenimiento, actividades directamente ligadas al desarrollo de la actividad/proyecto, auditoría del proyecto (sólo en caso de que sea exigida como justificación de esta subvención, por un importe máximo del 5% del valor del proyecto con un tope de 3.000 €).
  • Dietas de personal: importes de las dietas del personal contratado y del voluntario (locomoción, alojamiento y manutención).
  • Tributos, cuando sean abonados directamente por la persona jurídica o física beneficiaria.
  • Los gastos de amortizaciones de los bienes adquiridos o de las obras de inversión en los inmuebles empleados durante la ejecución del proyecto. No obstante, el carácter subvencionable del gasto de amortización estará sujeto a las siguientes condiciones:
    • Que las subvenciones no hayan contribuido a la compra de los bienes.
    • Que la amortización se calcule de conformidad con las normas de contabilidad generalmente aceptadas.
    • Que el coste se refiera al período subvencionable.
  • Otros gastos en función del ámbito temático al que se concurre y que, en su caso, estarán detallados en el punto 15 “Requisitos y criterios de valoración específicos” de la convocatoria.

Admitida la solicitud, se valorará el proyecto de acuerdo con los criterios establecidos, para que la comisión competente emita el informe preceptivo para la propuesta de resolución provisional del órgano instructor.

Si se produce un empate en la puntuación total entre diversas solicitudes de subvención, se aplicará como criterio de desempate la fecha y hora de presentación de la solicitud, siendo en consideración la solicitud primeramente presentada. En caso de que este criterio no dé lugar a desempate se dirimirá mediante sorteo.

El plazo máximo para la resolución definitiva será de seis meses, que empezarán a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La falta de resolución dentro de este plazo legitima a las personas interesadas para entender como desestimadas, por silencio administrativo, sus solicitudes de subvenciones.

La publicación de las subvenciones aprobadas se hará en el BOPB y en la web del Ayuntamiento de Barcelona, Oficina Virtual y Subvenciones. Para poder comprobar su solicitud necesitará el número de registro y el número de referencia del trámite.

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