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Palacio de La Virreina

Convocatoria de ayudas sobre la cuota líquida del impuesto sobre bienes inmuebles de establecimiento cultural 2019

Se abre la convocatoria para la concesión de ayudas sobre la cuota líquida del impuesto sobre bienes inmuebles correspondiente a establecimientos culturales dedicados a la exhibición o comercio cultural de carácter privado 2019, para la cuota líquida del IBI del año 2018.

Con esta convocatoria, el ICUB quiere apoyar a las actividades de difusión cultural de la ciudad de Barcelona, mediante la compensación parcial de la carga tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles del año 2018 sobre la superficie de uso cultural de los establecimientos dedicados a la exhibición o comercio cultural de carácter privado con el fin de disminuir sus gastos de estructura.

Esta convocatoria va dirigida a personas físicas o jurídicas que gestionen establecimientos de exhibición o comercio cultural y salas de cine, incluyendo tanto a los sujetos que tienen el local en régimen de propiedad como en régimen de alquiler y que soportan la cuota líquida del impuesto sobre bienes inmuebles.

Quedan excluidas como destinatarias de las ayudas las entidades públicas o las privadas que desarrollan su actividad en un equipamiento público en régimen de cesión, concesión o alquiler público y también otros espacios, como por ejemplo:

 a) Espacios de propiedad municipal

 b) Espacios de coworking que no cumplen los requisitos de destinatarios anteriores

 c) Espacios culturales no abiertos al público

 d) Escuelas de enseñanzas artísticas

Esta convocatoria se estructura en tres modalidades, de acuerdo con las siguientes tipologías de equipamiento:

A. MODALIDAD A. ARTES EN VIVO: Espacios estables de exhibición de artes escénicas, como teatro, danza y circo, y otras disciplinas de las artes en vivo, así como salas de música en vivo o espacios independientes.

A.1. Salas de teatro, danza, circo y otras disciplinas de las artes en vivo

A.2. Salas de música en vivo

A.3. Espacios independientes de creación y exhibición artística y cultural, entendidos como espacios independientes y multidisciplinarios que dan apoyo a la producción, la investigación y la exhibición artística y cultural, y que ofrecen una programación periódica de actividades.

B. MODALIDAD B. COMERCIO CULTURAL: Establecimientos comerciales del ámbito cultural

B.1. Galerías de arte

B.2. Librerías

B.3. Otros comercios culturales de especial relevancia cultural y artística para la ciudad, entendidos como comercios que tengan un interés histórico o patrimonial para la ciudad, que desempeñen tareas de difusión cultural.

C. MODALIDAD C: Cines

C.1. Salas de cine con siete salas de exhibición o menos

C.2. Salas de cine con más de siete salas de exhibición

Puede descargar las bases y la convocatoria, así como los formularios de solicitud, desde este enlace.

El periodo de presentación de solicitudes de la convocatoria del 2019 esté comprendido entre los días 12 de junio y 3 de julio de 2019 (15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria).

Fecha de publicación de la convocatoria: martes, 11 de junio de 2019

FORMA DE PRESENTACIÓN

Para los sujetos obligados del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es obligatorio rellenar y presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, siguiendo las instrucciones indicadas en este portal de trámites.

Excepto las personas físicas, el resto tiene la obligación de presentar la solicitud telemáticamente.

En el caso de presentación presencial, los documentos se pueden presentar en cualquiera de las oficinas del registro general de los distritos, gerencias o institutos.

Puede obtener más información en subvencions_icub@bcn.cat.

 

Fecha de publicación: Sábado, 01 Junio 2019
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