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Un joven saltando

Convocatoria de subvenciones para proyectos de carácter puntual: artísticos, literarios, tecnológicos o de cualquier disciplina cultural de interés para la ciudad, que se realicen durante el año 2019

Se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos de carácter puntual: artísticos, literarios, tecnológicos o de cualquier disciplina cultural de interés para la ciudad, que se realicen durante el año 2019

Con esta convocatoria, el Instituto de Cultura de Barcelona (ICUB) quiere dar apoyo a proyectos de carácter puntual de cualquier disciplina cultural. La convocatoria incluye actividades excepcionales, singulares y no periódicas relacionadas con diferentes ámbitos y sectores de la cultura.

Los proyectos deben hacerse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y deben tener como objetivo desarrollar actividades de duración inferior a un mes.

Deben ser proyectos singulares y excepcionales, no sujetos a periodicidad anual, que respondan a un carácter extraordinario en el funcionamiento regular de la entidad organizadora y que, mediante las diversas formas de expresión cultural (artes escénicas, música, danza, audiovisual, artes visuales, literatura, ciencia, tecnología, sociocultural y otras disciplinas), contribuyan a la mejora y el enriquecimiento de la oferta y el tejido cultural de la ciudad.

No se podrán presentar a esta convocatoria los siguientes proyectos:

   - Los que se hayan presentado a la convocatoria general de subvenciones del 2019.

   - Los que se presentaron a la misma convocatoria de proyectos puntuales del año 2018.

   - Los que sean objeto de subvención por parte de otras convocatorias del ICUB.

Puede descargar las bases y la convocatoria, así como los formularios de solicitud, en este enlace

El periodo de presentación de solicitudes de la convocatoria del 2019 estará comprendido entre los días 23 de mayo y 13 de junio de 2019 (15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria).

Fecha de publicación: miércoles, 22 de mayo de 2019

FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Para los sujetos obligados del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, es obligatorio rellenar y presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (http://www.bcn.cat/tramits), siguiendo las instrucciones indicadas en este portal de trámites.

Excepto las personas físicas, el resto de sujetos tienen la obligación de presentar la solicitud telemáticamente.

La no presentación telemática por los sujetos obligados por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas será motivo de inadmisión.

En el caso excepcional de presentación presencial, los documentos se pueden presentar en cualquiera de las oficinas del registro general de los distritos, gerencias o institutos.

Para más información puede ponerse en contacto con el ICUB en subvencions_icub@bcn.cat.

 

Fecha de publicación: Lunes, 27 mayo 2019
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