Becas Barcelona Crea 2023

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Apoyamos tu talento

Las Becas Barcelona Crea están destinadas a dar apoyo a los procesos previos a la producción que acompañen la creación de propuestas artísticas: conceptualización, gestación, investigación, experimentación, documentación y ensayo.

Dichas becas pretenden contribuir a mantener el impulso cultural y científico de la ciudad ofreciendo recursos para desarrollar procesos de investigación e innovación artística.

Novedades de la convocatoria 2023: Las “Becas+”

Las modalidades A1, A2, B, C, D y H podrán incluir la concesión de “Becas+”.

Las “Becas+” ofrecen la posibilidad de que algunas de las personas o entidades que resulten beneficiarias de las “Becas Barcelona Crea 2023” puedan realizar también una residencia para desarrollar la propuesta becada.

Cómo optar a una “Beca+”

Para poder optar a una “Beca+”, las personas o entidades candidatas a las “Becas Barcelona Crea” deben indicarlo en la instancia de solicitud.

Podéis encontrar más información de las “Becas+” en el texto de la convocatoria

 

En caso de obtener una “Beca+”

En caso de obtener una de las “Becas +”, las personas o entidades beneficiarias dispondrán de un espacio sin coste en uno de los equipamientos culturales de la red de Fábricas de Creación de la ciudad durante un período de tiempo comprendido entre dos semanas como mínimo y 3 meses como máximo.

Las residencias proporcionadas para las “Becas+” se realizarán en un período máximo de 2 años a contar desde el día siguiente de la notificación del otorgamiento de la “Beca+” a las personas o entidades beneficiarías.

 

Modalidades de la convocatoria

A1. Creación en artes escénicas

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en los ámbitos del teatro, la danza, el circo y otras expresiones de las artes del movimiento y artes de calle.

Está prevista la concesión de 35 ayudas en esta modalidad.

Existe la posibilidad de conceder “Becas +” en esta modalidad.

 

A2. Experimentación y ensayo en artes escénicas

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística impulsadas por compañías en el ámbito de las artes escénicas que se encuentren en fase de experimentación y ensayo, destinadas a ser exhibidas en salas y espacios escénicos de pequeño formato (aforo de hasta 200 espectadores).

Está prevista la concesión de 7 ayudas en esta modalidad.

Existe la posibilidad de conceder “Becas +” en esta modalidad.

 

B. Creación en artes visuales

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito de las artes visuales en cualquiera de sus lenguajes. Estas propuestas pueden conceptualizarse tanto para un formato expositivo como para otros formatos.

Está prevista la concesión de 30 ayudas en esta modalidad.

Existe la posibilidad de conceder “Becas +” en esta modalidad.

 

C. Creación musical

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito de la creación musical en cualquiera de sus lenguajes.

Está prevista la concesión de 23 ayudas en esta modalidad.

Existe la posibilidad de conceder “Becas +” en esta modalidad.

 

D. Creación audiovisual

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito del audiovisual en cualquiera de sus formatos.

Está prevista la concesión de 15 ayudas en esta modalidad.

Existe la posibilidad de conceder “Becas +” en esta modalidad.

 

E. Culturas populares

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito de las culturas populares que conviven en Barcelona o en su área metropolitana. Estas propuestas deben promover la difusión del patrimonio inmaterial y generar interrelación entre los diversos ámbitos de las culturas populares en el mundo asociativo.

Está prevista la concesión de 8 ayudas en esta modalidad.

No está prevista la concesión de “Becas+” en esta modalidad.

 

F. Creación literaria y traducción

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito de la literatura, es decir, en narrativa, poesía, ensayo y escritura de textos teatrales. Estas obras deben crearse en lengua catalana o castellana. También se pueden incluir propuestas de traducción de cualquier lengua al catalán o al castellano.

Está prevista la concesión de 35 ayudas en esta modalidad.

No está prevista la concesión de “Becas+” en esta modalidad.

 

G. Creación de guiones audiovisuales

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en la escritura de guiones audiovisuales, bien sean propuestas de adaptación de obras literarias ya existentes o bien propuestas de creación propia.  Tanto las propuestas de adaptación como las de escritura de creación propia deben ser en lengua catalana o castellana.

Está previsto conceder 7 ayudas en esta modalidad.

No está prevista la concesión de “Becas+” en esta modalidad.

 

H. Creación en arte y ciencia

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística que incorporen la interrelación de los lenguajes artísticos con los científicos y tecnológicos. Las propuestas se pueden plantear desde cualquier disciplina artística y acercarse a la ciencia desde cualquier ámbito del saber humano, desde las ciencias experimentales y la tecnología hasta los diversos campos de las ciencias sociales y las humanidades.

Está previsto conceder 10 ayudas en esta modalidad.

Existe la posibilidad de conceder “Becas +” en esta modalidad.

 

I. Creación comunitaria

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación en el ámbito de la cultura comunitaria. Las propuestas deben impulsar procesos de creación cultural a partir de la participación ciudadana en clave comunitaria.

Las propuestas pueden incluir trabajos de investigación y ensayo previos a facilitar prácticas culturales abiertas a la participación ciudadana que deben vocación de estabilidad y continuidad.

Está previsto conceder 5 ayudas en esta modalidad.

No está prevista la concesión de “Becas+” en esta modalidad.

Preguntas frecuentes de Creación comunitaria.

 

Información destacada de la convocatoria

Período de solicitudes

Del 9 de enero al 9 de febrero de 2023, ambos incluidos.

 

¿Quién puede solicitar las becas?

•    Personas físicas mayores de 18 años..

•    Personas jurídicas legalmente constituidas..

•    Agrupaciones de personas físicas o jurídicas (aunque no tengan personalidad jurídica).

     En el caso de las agrupaciones de personas sin personalidad jurídica hay que mencionar a una persona representante que será la responsable ante el Ayuntamiento de Barcelona del cumplimiento de la propuesta y de la asignación de los recursos.

 

Documentación que debe contener la solicitud

Documento 1. Formulario de solicitud

 

Documento 2. Explicación de la propuesta

Deberá tener una extensión máxima de 8 páginas que incluya:

•   Título.
•   Descripción y propuesta de desarrollo.
•   Objetivos.
•   Metodología de trabajo propuesta.
•   Perspectivas de futuro.

 

Documento 3. Currículum

Deberá tener una extensión máxima de 3 páginas.

Se deberá presentar el currículum de la persona física o el resumen de la trayectoria profesional de la persona jurídica solicitante, o, en el caso de agrupaciones, de todos sus miembros.

 

Requisitos de los documentos:

•  Se entiende por página la cara de una hoja, con interlineado 1,5, fuente Arial y cuerpo de letra 12.
•  La documentación se puede presentar tanto en catalán como en castellano.
•  No se valorará la documentación presentada en otros idiomas.

 

Forma de presentación de la solicitud

Excepto las personas físicas, el resto de los sujetos tienen la obligación de presentar la solicitud telemáticamente.

-    Personas jurídicas:  telemáticamente (obligatorio)
Para las personas jurídicas es obligatorio cumplimentar y presentar la solicitud a través de la Oficina Virtual de trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento.

-    Personas físicas:  telemática (preferentemente) o presencialmente

Telemáticamente:  a través de la Oficina Virtual de trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona

Presencialmente:
-    Oficina Ciudadana de Cultura (OCCU)
-    Oficinas de atención ciudadana (OAC)
En todos los casos hay que pedir cita previa.

 

Criterios de valoración

La valoración de las propuestas se efectuará de acuerdo con los siguientes criterios generales y específicos.

A- Criterios generales

B- Criterios específicos 

 

Puntuación final: resultado de la suma de los criterios generales y de los criterios específicos.

Puntuación máxima: 10 puntos.

Puntuación mínima para poder obtener beca: 5 puntos.

 

A  - Criterios generales (hasta 2,5 puntos)

1 -    Grado de innovación de la propuesta (hasta 1,5 puntos)

    ·    Que la propuesta incorpore novedades conceptuales, metodológicas, de lenguajes o de procesos.
    ·    Que la propuesta incorpore diálogo transdisciplinar.
    ·    Que la propuesta incorpore experimentación entre técnicas y lenguajes artísticos.
    ·    Que responda a un reto de la sociedad actual.

 

2 -   Consideración de las perspectivas de género en los contenidos de la (hasta 0,5 puntos) 

    ·    Que la propuesta candidata esté redactada con un lenguaje inclusivo desde la perspectiva de género.
    ·    Que la perspectiva de género se incorpore en la propuesta presentada a partir de su metodología, o contenido, atendiendo a sus objetivos, actividades, población destinataria o valores que promueve.

 
3 -    Consideración de las perspectivas de interculturalidad en los contenidos de la propuesta (hasta 0,5 puntos) 

    ·    Que se tenga en consideración el reconocimiento de la amplia diversidad cultural y religiosa de la ciudad, de colectivos o culturas minoritarias en la ciudad.
    ·    Que se planteen criterios de creatividad, innovación y flexibilidad con la voluntad de romper con la referencia exclusiva a las artes occidentales o autóctonas.
    ·    Que se planteen criterios de respeto a la convivencia intercultural, igualdad de oportunidades y fomento del diálogo intercultural.

 

B - Criterios específicos (hasta 7,5 puntos) 

1 - Calidad artística de la propuesta (hasta 4,5 puntos) 

      Se valora:

    ·    El interés artístico y cultural de la propuesta.
    ·    La singularidad de la propuesta.
    ·    La formulación de desarrollo de la propuesta.
    ·    La originalidad del planteamiento de la propuesta.

 

2 - Relación del objeto de la propuesta con la ciudad de Barcelona (hasta 1 punto) 

 

3 - Currículum y trayectoria profesional de la persona o entidad solicitante o de los miembros del grupo (hasta 1 punto) 

 

4 - Perspectivas de futuro de la propuesta (hasta 1 punto) 

    ·    Viabilidad de la propuesta (la capacidad de llevarla a cabo, las posibilidades de implementación, etc.).
    ·    Perspectivas de acceso y circulación del resultado de la propuesta (incorporación de licencias libres, previsión de difusión pública, etc.).
    ·    Perspectivas de desarrollo del resultado de la propuesta en relación con los ámbitos educativos reglados o no reglados, dirigidos a cualquier edad, o dirigidos a la educación a lo largo de la vida.

 

Requisitos de las propuestas

1 - Ser de nueva creación.

Se considerará que una propuesta es de nueva creación cuando:

·    La propuesta se encuentre en una fase de ideación, investigación, ensayo, preproducción, es decir, en fase de desarrollo de la propuesta artística, previa a la producción.

·    La propuesta no haya sido presentada con anterioridad públicamente, sea por parte de la persona o entidad participante en la convocatoria o por parte de otras personas o entidades.

·    No se hayan llevado a cabo las fases que cubre la ayuda (desarrollo de la propuesta artística previo a la producción).

·    No se trate de una reposición o revisión de una creación propia o de un registro de maqueta o disco, en el caso de creación musical.

 

2 - Mantener relación con la ciudad de Barcelona o su área metropolitana.

La relación se entiende que está acreditada cuando se cumple, como mínimo, uno de los siguientes supuestos:

·    Que el objeto de la propuesta tenga relación con la ciudad de Barcelona o su área metropolitana.

·    Que la persona o la entidad candidata tenga su residencia en la ciudad de Barcelona o en su área metropolitana.

·    Que la persona o la entidad candidata esté vinculada al tejido cultural de Barcelona o de su área metropolitana y que así se desprenda del contenido de la documentación presentada.

 

Jurados de las becas

Los jurados de las Becas Barcelona Crea 2023 los han integrado los siguientes profesionales:

A propuesta del Consejo de la Cultura de Barcelona:

Aimar Pérez, Cristina Alonso, Johnny Torres, Anna Maria Ricart, Israel Solà, Alexandra Laudo, Pilar Cruz, Clàudia Elies, Montse Badia, Maitane Beaumont, Arnau Horta, Neus Rodríguez, Marcel Pié, Cloe Massota, Albert Plans, Amadeu Carbó, Jordi Fosas, Jordi Nopca, Xènia Dyakonova, Vivi Alfonsín, Esteve Plantada, Mercè Sarrias, Pau Alsina y Marta Galan. 

A propuesta del Instituto de Cultura de Barcelona:

Ferran Murillo, Antoni Casares, Beatriz Fernández, Victor Bobadilla, Ariadna Miquel, David Armengol, Sílvia Galí, Joana Hurtado, Alba Colomo, Gisela Sais, Olga Ábalos, Guim Bonaventura, Blanca Escoda, Carolina Jiménez y Eduard Arderiu. 

 

El jurado de las Beques + ha estado formado por los siguientes profesionales:

Carles Sala, Maria Masoliver, Víctor Bobadilla, Ferran Murillo, Silvia Galí, Òscar Dasi y Marc Chornet.

 

Motivos de no admisión de la solicitud

Es motivo de no admisión de la candidatura:

·    No presentar el documento 2.

·    No presentar la documentación obligatoria en tiempo y forma.

·    Haber resultado persona o entidad beneficiaria en la convocatoria de las Becas Barcelona Crea 2021.

·    El incumplimiento de otros requisitos establecidos en las bases reguladoras de las Becas Barcelona Crea o en la presente convocatoria, así como los que establezca la legislación vigente.

 

Preguntas frecuentes

Sesión informativa

Presentación de la sesión informativa

Consulta aquí la presentación de la sesión informativa

Vídeo de la sesión informativa

Visualiza aquí la sesión informativa (disponible a partir del 20/01/2023)

Resolución provisional

Publicación de la resolución provisional

Descárgate aquí la resolución provisional.

 

En caso de que en la resolución provisional se requiera documentación

Plazo de presentación: del 3 al 14 de julio.
Importante: recordamos que no presentar la documentación requerida en la resolución provisional puede comportar la pérdida de la subvención otorgada.

 

En caso de estar en desacuerdo con la resolución provisional

Presentar una alegación

Motivo: en caso de disconformidad con la denegación de la solicitud o con la subvención obtenida en la resolución provisional.

Plazo de presentación: del 3 al 14 de julio.

Documentación: se debe presentar un documento libre argumentando los motivos de la alegación y solicitando que se reconsidere la valoración.

 

Presentar un recurso

Motivo: en caso de disconformidad con la inadmisión de la solicitud en la resolución provisional.

Plazo de presentación: del 3 al 31 de julio.

Documentación: se debe presentar un documento libre que argumente y justifique la disconformidad con la inadmisión.

 

Forma de presentación de la documentación

Hay que presentar la documentación con la misma modalidad utilizada en el momento de presentar la solicitud (telemática o presencialmente).
 

Telemáticamente

A través del portal de Trámites de la convocatoria. Para efectuar este trámite es necesario disponer del número de referencia del trámite, que se indica en el justificante de registro obtenido en el momento de presentar la solicitud. Tiene el siguiente formato: 00000000-00.

 Presencialmente:

-    Oficina Ciudadana de Cultura (OCCU)
-    Oficinas de atención ciudadana (OAC)

En ambos casos hay que pedir cita previa.

 

 

Resolución definitiva

Publicación de la resolución definitiva

Descárgate aquí la resolución definitiva.

Justificación de la beca

Documentación que tiene que contener la justificación

La justificación consta de dos documentos: 

1. Instancia de justificación 

2. Memoria explicativa. Debe contener los siguientes apartados: 

- La descripción de las fases de trabajo llevadas a cabo. 

- El calendario y la metodología utilizada. 

- La explicación de los resultados obtenidos. 

- Las perspectivas de futuro de la propuesta.

 

Periodo de ejecución del proyecto

Hasta el 28 de febrero de 2024

 

Periodo de justificación del proyecto

Hasta el 2 de abril de 2024

 

Forma de presentación

Se debe utilitzar la misma modalidad empleada en la presentación de la solicitud. 

• A través del portal de Trámites de la convocatoria 

• A través del registro presencial (en los registros del Ayuntamiento o las OACs)