Convocatoria General de Subvenciones 2024

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Convocatoria de subvenciones para proyectos, actividades y servicios de distrito y de ciudad

Ámbitos temáticos y programas que gestiona el Instituto de Cultura de Barcelona

Los proyectos que pueden optar a las subvenciones en el sector cultural de ámbito de ciudad se clasifican en dos ámbitos temáticos, que están integrados por diecisiete programas:

 •   14 programas de Cultura (Ab-Ao)

 •   3 programas de Educación y Cultura (Ce, Cf y Cg)

 

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1.Información general de la convocatoria

¿Quién puede solicitar la subvención?

Pueden ser solicitantes de esta convocatoria las personas jurídicas y físicas que deban hacer la actividad prevista para su otorgamiento, con las particularidades que se concretan en los siguientes documentos:

- Texto de la convocatoria: “Requisitos y criterios de valoración específicos”, establecidos en el apartado 15 del ámbito temático al que se concurra.

- Las personas solicitantes tienen que cumplir los requisitos establecidos en la base 4 de las Bases reguladoras generales.

 

Plazo para presentar las solicitudes

Del 8 al 25 de enero de 2024, ambos días incluidos.

 

Documentación que debe presentarse

La solicitud consta de dos documentos obligatorios:  

1.     Instancia (se trata de un formulario en línea que se cumplimenta una vez se inicia el trámite)

2.     Documento básico 2

Atención: no presentar estos dos documentos será motivo de exclusión del procedimiento de concesión.

 

Proyectos que, además de los dos documentos obligatorios, tendrán que presentar un formulario complementario:

•     Los proyectos que se presenten a los programas Ak – Salas de teatro deberán contener un formulario que se tendrá que adjuntar con la solicitud. 

 

Fecha de inicio y de finalización del proyecto

Ámbito A y ámbito C: entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Las actividades del proyecto deberán iniciarse y finalizar dentro del año objeto de la convocatoria.

 

Incompatibilidades y número máximo de solicitudes

•      El número de solicitudes de subvenciones por entidad se limita a un máximo de dos proyectos para cada ámbito (A y C). En caso de presentarse más de dos proyectos se valorarán los dos primeros, según el orden de presentación en el registro. Por ejemplo, dos para el ámbito temático de Cultura (A) y dos para el ámbito temático de Educación y Cultura (C).

•     No se podrán presentar en el ámbito de Cultura los proyectos que se hayan presentado en el ámbito de Educación y Cultura.

•     No se podrá presentar más de una solicitud del mismo proyecto entre programas de un mismo ámbito temático.

•     No se podrá presentar más de una solicitud del mismo proyecto en los programas que comparten ámbito de ciudad y de distrito.

•    Los proyectos de alcance de distrito o realizados por entidades que tienen como finalidad el barrio o distrito deben presentarse en el programa de distrito.

 

Criterios de valoración de los proyectos

El proyecto puede obtener una puntuación máxima de 10 puntos repartida en dos partes: 

•     Criterios generales - 4 puntos

•     Criterios específicos - 6 puntos

Puntuación mínima:

Los proyectos deberán lograr una puntuación mínima de 4 puntos globales para poder obtener subvención.

 

La solicitud se valorará en base a los siguientes criterios:

- Criterios generales - Véanse criterios

- Requisitos y criterios Ámbito A (Ab – Ao) - Véanse criterios

- Requisitos y criterios Ámbito C (Ce, Cf y Cg) - Véanse criterios

 

Guía de aplicación de la perspectiva de género, perspectiva ecosocial y perspectiva intercultural.

 

 

Porcentaje subvencionable

La subvención no puede superar el 50 % del presupuesto total del proyecto.

 

Declaración de transparencia

Es necesario presentar la declaración de transparencia cuando el importe de la subvención otorgada sea igual o superior a 10.001 €.

 

Incompatibilidades entre ámbitos y programas

Descárgate el documento de incompatibilidades entre ámbitos y programas. 

 

2. Forma de presentación de las solicitudes

Enlace al portal de trámites

Portal de trámites de la convocatoria.

 

Forma de presentación de las solicitudes

Personas físicas y personas jurídicas: telemáticamente (obligatorio)


Tanto las personas físicas como las personas jurídicas tienen la obligación de presentar las solicitudes y toda la documentación relativa a la Convocatoria general de subvenciones de forma telemática.

Atención: las solicitudes presentadas a través de registro presencial serán excluidas del procedimiento de concesión.

 

Identificación digital válida

Identificación de las personas jurídicas

La presentación telemática se efectuará con el certificado de la entidad o de la persona representante de esta. En caso de que no sea posible, deberá presentarse un certificado en el que se indique que el o la representante otorga poderes a la persona que efectúa la presentación.

 

Identificación de las personas físicas

La presentación telemática se debe efectuar con el certificado de la persona física que solicita la subvención.

 

3. Requisitos que se deben cumplir

En caso de haber recibido ayudas anteriormente

•    Haber recibido subvención en años anteriores con el mismo proyecto no limita poder volver a presentarse.

•    No es necesario que el proyecto haya sido subvencionado con anterioridad para poder presentarse a la convocatoria.

•    Haber renunciado a la subvención del mismo proyecto el año anterior no limita poder volver a presentarse.

 

Requisitos que se deben cumplir

Los proyectos o actividades deben tener en cuenta los siguientes requisitos:

•    Que el proyecto tenga objetivos y finalidades coincidentes con lo que se establece en esta convocatoria.

•    Que las actividades o los servicios complementen o suplan la competencia municipal en estas materias.

•    No es obligatorio tener sede social o delegación en el término municipal de Barcelona. Sí es obligatorio que el proyecto se desarrolle en Barcelona, salvo en los casos en los que se acredite su proyección y repercusión en la ciudad.

•    Que las actividades se lleven a cabo sin ánimo de lucro; de lo contrario, deberán revertir en las propias actividades subvencionadas.

•    Que las solicitudes presentadas eviten el lenguaje discriminatorio o sexista en su redacción y que se emplee un lenguaje inclusivo e imágenes no estereotipadas en las comunicaciones internas y externas.

•    Que el proyecto no sea igual o similar a otros de la misma entidad o colectivo con los que el Ayuntamiento ya colabore (convenio, subvención o contratación).

 

Finalidades de la convocatoria

Las actividades o proyectos que se subvencionen fomentarán actividades de interés público o social cuyas finalidades sean las siguientes:

•    Mejorar la cohesión y la inclusión social de la ciudad.

•    Promover el asociacionismo y el voluntariado.

•    Fomentar valores sociales y culturales y formas de participación nuevas.

•    Mejorar los canales de participación ciudadana.

•    Favorecer la cooperación entre el sector público, el sector no lucrativo y el sector privado.

•    Posibilitar el crecimiento cultural cuantitativo o cualitativo de la ciudad y el reconocimiento de la diversidad de expresiones culturales.

•    Promover un desarrollo más sostenible de la ciudad.

•    Fomentar valores de civismo y convivencia poniendo en valor la diversidad de la ciudad.

•    Contribuir a garantizar la calidad de la salud en la ciudad.

•    Promover, defender y garantizar los derechos de la ciudadanía en condiciones de equidad, garantizando la igualdad de oportunidades y la no discriminación.

•    Fomentar el desarrollo del comercio de la ciudad.

•    Empoderar a personas y colectivos en la superación de problemas y desigualdades mediante fórmulas comunitarias y cooperativas.

•    Promover la acción comunitaria.

•    Promover la perspectiva intercultural en el tejido asociativo de la ciudad.

•    Promover la aplicación de los principios de la economía social y solidaria y el consumo responsable.

•    Hacer frente a la emergencia climática.

•    Promover los derechos digitales y la innovación democrática.

•    Promover, defender y garantizar la igualdad por cuestiones de género, clase social, edad, origen nacional o étnico, religión, diversidad funcional, orientación sexual e identidad de género, entre otros.

 

Conceptos subvencionables

•    Nómina y Seguridad Social del personal fijo y eventual a cargo de la persona jurídica o física.

•    Alquileres: arrendamiento de bienes inmuebles y bienes muebles.

•    Suministros: agua, electricidad, gas y combustibles.

•    Comunicaciones: teléfono, correo, mensajería.

•    Material fungible de oficina: papel, impresos, fotocopias y otro material de oficina.

•    Seguros.

•    Material técnico o de producción fungible necesario para el desarrollo de la actividad.

•    Trabajos llevados a cabo por otras empresas: limpieza, seguridad, mantenimiento, actividades directamente ligadas al desarrollo de la actividad/proyecto, auditoría del proyecto (solo en caso de que sea exigida como justificación de esta subvención, por un importe máximo del 5 % del valor del proyecto con un límite de 3.000 euros).

•    Dietas de personal: importes de las dietas del personal contratado y del voluntario (locomoción, alojamiento y manutención). Tributos, cuando sean abonados directamente por la persona jurídica o física beneficiaria.

•    Los gastos de amortizaciones de los bienes adquiridos o de las obras de inversión en los inmuebles utilizados durante la ejecución del proyecto. Sin embargo, el carácter subvencionable del gasto de amortización estará sujeto a las siguientes condiciones:

   -   Que las subvenciones no hayan contribuido a la compra de los bienes.

   -   Que la amortización se calcule de conformidad con las normas de contabilidad generalmente aceptadas.

   -   Que el coste se refiera al periodo subvencionable.

•    Otros gastos en función del ámbito temático al que se concurre y que, en su caso, estarán detallados en el apartado 15, “Requisitos y criterios de valoración específicos”, de esta convocatoria.

•   Cuando se tengan que realizar gastos de más de 15.000 euros (sin IVA) en el caso de prestaciones de servicios o entrega de bienes, y por aquellos gastos de más de 40.000 euros (sin IVA) en el caso de ejecución de obras , tal y como indica la base 18ª, se tendrán que incorporar tres presupuestos solicitados y argumentar el motivo de la adjudicación en caso de no ser la propuesta más ventajosa económicamente.

•   Las actividades del proyecto subvencionado podrán ser objeto de subcontratación, sin rebasar el 50% del coste total del proyecto subvencionado. Se entenderá por subcontratación la adquisición de bienes o servicios connaturales a la singularidad y naturaleza de la propia persona física o jurídica solicitante de la subvención. Cuando la actividad a subcontratar sobrepase el 20% del importe de la subvención y este importe sea superior a 60.000€, será necesaria autorización previa del órgano que otorgó la subvención, procediéndose a su formalización por escrito. No se podrá fraccionar un contrato con objeto de disminuir su cuantía y evitar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado anterior.

 

Conceptos NO subvencionables

•    Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos sobre la renta.

•    Los gastos de inversión, incluidas las adquisiciones de bienes muebles.

•    Los gastos realizados con fecha anterior al inicio del proyecto y posterior a la finalización del proyecto. del projecte.

•    Los gastos de productos que pueden crear adicción y son perjudiciales para la salud según los organismos médicos, nacionales o internacionales, como tabaco, bebidas alcohólicas y otros de características similares. En algunas modalidades, estos gastos podrán ser excepcionados, de acuerdo con lo que esté establecido en el punto 15, “Requisitos y criterios de valoración específicos”. 

•    Otros gastos en función del ámbito temático al que se concurre y que, en su caso, estarán detallados en el apartado 15, “Requisitos y criterios de valoración específicos”, de esta convocatoria.

•    Donaciones realizadas a otras personas jurídicas sin recibir ningún tipo de prestación a cambio.

 

4. Sesión informativa

Presentación de la sesión informativa

Descarga aquí el documento de la sesión informativa.

Descarga aquí el documento con información ampliada de la convocatoria.

Vídeo de la sesión informativa

Visualiza el vídeo de la sesión informativa