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El gobierno español aprueba una reforma del reglamento de extranjería que facilitará la incorporación de inmigrantes al mercado laboral

Nueva Ciudadanía. Entre las novedades que se incluyen a la reforma está la mejora de la contratación en origen, facilitar la regularización por arraigo y permitir a los estudiantes extranjeros trabajar.

El objetivo que persiguen las reformas publicadas en el Real Decreto ley 629/2022 es, de forma ágil, hacer frente a los crecientes desajustes del mercado de trabajo español asociados al escassedat de mano de obra desde el ámbito migratorio. Por lo tanto, persigue facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas que se encuentran en territorio español

 

¿Cuáles son las principales novedades de la reforma?

Arraigo social, laboral o de formación La reforma prevé mantener las vías del arraigo laboral, social y de reagrupamiento familiar, y también abrir una nueva: la del arraigo por formación.

En el caso de arraigo laboral, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, siempre que no tengan antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países donde haya residido durante los últimos cinco años, que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses, y que se encuentren en situación de irregularidad en el momento de la solicitud. En este sentido, se ha creado una nueva modalidad de autorización que fomenta la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular.

En referencia al arraigo social:

  • El contrato que se presente para solicitar la autorización no será valorado por su duración sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • En aquellos casos en los cuales quede acreditado que hay personas menores a cargo, el contrato podrá ser de como mínimo 20 horas.
  • Se flexibiliza la posibilidad de presentar diversos contratos.

Se ha creado una nueva figura, el arraigo por formación. A aquellas personas migradas que han estado en España de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años, se los concederá una autorización de residencia por un periodo de 12 meses (que podrá ser prorrogada por 12 meses más) si se comprometen a realizar una formación reglada para el empleo o a obtener un Certificado de Profesionalidad o formación conducente a la obtención de certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de un empleo específico.

Cambios para los estudiantes extranjeros

La ley de extranjería impedía trabajar mientras cursaban sus estudios o quedarse en España a trabajar una vez habían acabado de estudiar. Eso ahora cambiará y estos estudiantes podrán trabajar cuando acaben los estudios o compaginarlo cuando los estén cursando. En el caso de educación superior y formación profesional, la autorización de trabajo será automática, sin que se tengan que hacer trámites adicionales.

La autorización de estancia por estudios, permite:

  • Que las personas estudiantes puedan compaginar trabajo (por cuenta propia y ajena) y formación siempre que el trabajo sea compatible con los estudios realizados (que tendrán que ser superiores, de formación reglada para el empleo o destinada a la obtención de un certificado de profesionalidad, o una formación para la obtención de certificado de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de un empleo específico) y no supere las 30 horas semanales.
  • Elimina las restricciones anteriormente impuestas a las personas estudiantes al mercado laboral una vez finalizados los estudios. Hasta ahora, con el fin de poder obtener el permiso de trabajo, previamente era necesario haber realizado una estancia de 3 años en España.

La ley de extranjería impedía trabajar mientras cursaban sus estudios o quedarse en España a trabajar una vez habían acabado de estudiar. Eso ahora cambiará y estos estudiantes podrán trabajar cuando acaben los estudios o compaginarlo cuando los estén cursando. En el caso de educación superior y formación profesional, la autorización de trabajo será automática, sin que se tengan que hacer trámites adicionales.

La reforma flexibilizará los requisitos para que las personas extranjeras puedan conseguir un permiso para trabajar por cuenta propia.

Contratación en origen La reforma prevé una mejora de la contratación en los países de origen. Eso pasa para que se puedan hacer contrataciones más amplias de que no sólo se ciñan a temporeros, por ejemplo, como preveía hasta ahora la normativa actual.

El nuevo texto establece medidas de refuerzo a la migración regular, incorporando tres grandes novedades:

  • Racionalización de los requisitos exigidos a las personas trabajadoras autónomas procedentes de terceros países.
  • Mejora de los trámites de contratación a origen mediante la incorporación automática en el Catálogo de Empleos de Difícil Cobertura de aquellos lugares de trabajo que pertenecen a sectores económicos que se determinan por acuerdo de la Comisión Delegada de Assumptes. Económicos a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. En este sentido, se elimina el requisito de poder contratar sólo desde el catálogo de profesiones de difícil cobertura y, por lo tanto, se incorporarán todos aquellos empleos de los sectores económicos que determine el ministerio para ofrecer una foto más ajustada de las necesidades del mercado de trabajo.
  • Reducción de plazos por la gestión de la oferta de trabajo en el portal de los Servicios Públicos de Empleo.

Además, la nueva reforma, realiza una mejora del modelo de migración circular, proporcionando una mayor estabilidad a personas trabajadoras y empresas y, reduciendo a la vez, las cargas administrativas. En este sentido, las autorizaciones para trabajos temporales, que se tenían que pedir cada año, ahora pasarán a ser de cuatro años de duración para trabajar nueve meses al año. Después de los primeros cuatro años, se ofrecerá la posibilidad al trabajador de seguir prorrogando el contrato por periodos de cuatro años u obtener un permiso ordinario de trabajo con una autorización de residencia y trabajo de dos años.

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