Declaración global para garantizar los derechos digitales en el uso de las tecnologías

La Coalición de las Ciudades por los Derechos Digitales ha presentado una declaración común sobre la garantía de los derechos digitales en el uso de las tecnologías para hacer frente a la crisis provocada por la COVID-19. Esta coalición, creada por Barcelona, Nueva York y Ámsterdam, y con más de cincuenta ciudades globales miembros, defiende en este documento el uso de la tecnología y de las aplicaciones móviles como herramientas complementarias a las medidas de control epidemiológico y a las nuevas directrices de comportamiento social establecidas por las autoridades sanitarias.

14/05/2020 19:28 h

Ajuntament de Barcelona

Durante el transcurso de la pandemia se han puesto en marcha aplicaciones destinadas a ayudar a los servicios epidemiológicos y sanitarios a combatir la epidemia. Se han desarrollado:

  • Aplicaciones que ofrecen a la ciudadanía información sobre el virus, pautas sociales, de higiene personal y de autodiagnosis.
  • Aplicaciones para trazar y registrar los contactos que una persona tiene a lo largo del día para facilitar la identificación de las fuentes de contagio y contener la propagación del virus.

Por este motivo, se ha redactado una lista de diez principios compartidos que el Ayuntamiento de Barcelona ha impulsado con aportaciones y reflexiones de los consistorios de Ámsterdam, Burdeos, Chicago, Helsinki, Milán, Nueva York, Portland, Oporto, San Antonio y Toronto y que deberían seguirse en la aplicación de las tecnologías digitales que tengan como objetivo hacer frente a la crisis de la COVID-19:

1. Principio de nexo y proporcionalidad: ni las tecnologías ni los datos recopilados se pueden utilizar con otros fines.

2. Principio de impermanencia: el uso de estas tecnologías y datos tiene que ser limitado en el tiempo.

3. Principio de consentimiento y confianza: el uso de las aplicaciones tiene que ser estrictamente voluntario y debe respetar las notificaciones y el consentimiento.

4. Principio de privacidad: debe respetarse la privacidad de los usuarios y sus contactos.

5. Principio de control: los ciudadanos tienen que ser considerados los propietarios principales de los datos que generan.

6. Principio de apertura y transparencia: las aplicaciones se tienen que desarrollar en formato de código abierto que se pueda verificar y auditar.

7. Principio de respuesta: las aplicaciones tienen que funcionar como herramientas adicionales y complementarias a las medidas establecidas por las autoridades sanitarias.

8. Principio de participación: deben tenerse en cuenta las necesidades de toda la sociedad y se requiere retroalimentación entre los responsables políticos y la ciudadanía. Deben considerarse los derechos humanos en la selección de proveedores y en el proceso de desarrollo técnico.

9. Principio de innovación social: el éxito en el uso de estas aplicaciones en la vida cotidiana requiere un enfoque más centrado en la innovación social que en la tecnológica.

10. Principio de equidad e inclusión: el objetivo principal debe ser dar apoyo y servir a las comunidades, garantizando la igualdad de accesibilidad y el mismo trato entre los colectivos.

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