Las sanciones de la zona de bajas emisiones se aplicarán a partir del 15 de septiembre

La zona de bajas emisiones (ZBE) entró en vigor el 1 de enero de 2020 con el objetivo de reducir la contaminación atmosférica y el volumen del tráfico en la ciudad. Con la emergencia sanitaria por la COVID-19 se aplazó el inicio del régimen sancionador, previsto inicialmente para el 1 de abril, a los vehículos que no sean aptos para circular por la ZBE en los horarios establecidos. Las sanciones se empezarán a hacer efectivas a partir del 15 de septiembre.

17/06/2020 15:06 h

Ajuntament de Barcelona

La zona de bajas emisiones funciona de las 7.00 a las 20.00 horas de lunes a viernes laborables y pueden circular por ella todos los vehículos acreditados con el distintivo ambiental de la DGT. No les corresponde ningún distintivo a los turismos clasificados como M1 y a las motocicletas clasificadas como L. A partir del 15 de septiembre se sancionará a los vehículos a los que no les corresponde el distintivo que se desplacen por la ZBE. Las multas serán leves, graves o muy graves y de una cuantía a partir de 100 euros.

Comprueba qué distintivo le corresponde a tu vehículo según su matrícula.

¿Qué exenciones y moratorias hay?

Se amplía la moratoria:

Hasta el 1 de abril de 2021 a:

  • Autónomos que hagan uso de un turismo M1 o de una moto L para desarrollar su actividad profesional, con rentas inferiores a dos veces el IPREM, unos 15.000 euros brutos anuales.
  • Furgonetas comerciales clasificadas como N1.

Hasta el 1 de julio de 2021 a:

  • Camiones (N2 y N3) y autocares pequeños (M2).

Hasta el 1 de enero de 2022 a:

  • Autobuses y autocares (M3) destinados al transporte colectivo.

Exenciones (hasta la renovación del vehículo, y deben registrarse para poder circular):

    • Vehículos de personas con movilidad reducida.
    • Vehículos de servicios de emergencias.
    • Vehículos de servicios esenciales (médicos o funerarios).
    • Vehículos singulares: grúas, unidades móviles de radio y televisión, vehículos laboratorio, vehículos taller, vehículos para ferias, vehículos acondicionados para la venta o exposición de artículos, vehículos con cámaras de refrigeración y hormigoneras.

Autorizaciones especiales:

      • Los vehículos sin distintivo ambiental de la DGT podrán solicitar autorizaciones de 24 horas hasta un máximo de 10 días al año a través de un registro previo en el web zbe.barcelona.
      • Para las personas en tratamiento médico que necesiten desplazarse con su vehículo para dirigirse a un centro médico. Habrá que registrarse previamente y aportar la documentación necesaria en el web zbe.barcelona. Asimismo, los vehículos sin distintivo ambiental que circulen por la ZBE por una urgencia médica podrán solicitar la autorización en un plazo de tres días desde que se haya cometido la infracción.

Etiquetas asociadas a la noticia

Noticias relacionadas