El horario comercial se amplía hasta las diez de la noche y la restauración puede servir cenas

Este 8 de mayo, la Generalitat de Catalunya ha publicado en el DOGC la Resolución SLT/1392/2021, que incorpora la flexibilización de algunas restricciones vigentes en el caso del comercio y la restauración. Con respecto a los establecimientos comerciales, a partir del 9 de mayo pueden abrir hasta las diez de la noche, pero manteniendo el aforo del 30 %. En cuanto a los establecimientos de restauración, pueden ofrecer servicio en mesa en horario ininterrumpido, de las siete y media de la mañana hasta las once de la noche. Te lo resumimos.

10/05/2021 12:10 h

Marc Amat Vilà

Los comercios pueden abrir hasta las diez de la noche

La resolución prorroga de nuevo todas las medidas referentes al sector comercial vigentes hasta ahora. Aun así, incorpora una novedad importante: si hasta ahora los comercios tenían que cerrar a las nueve de la noche como muy tarde, a partir del 9 de mayo pueden alargar el horario hasta las diez de la noche. Este cambio también se aplica a los centros comerciales.

Aun así, la apertura al público de los establecimientos y locales comerciales de venta al por menor queda condicionada a que se reduzca al 30 % el aforo permitido por licencia o autorización de la actividad y a que los establecimientos apliquen de manera rigurosa las medidas higiénicas, de prevención y de seguridad establecidas para hacer frente a la COVID-19 en el Plan sectorial de comercio, aprobado por los órganos de Gobierno del Plan de actuación del Procicat.

Centros comerciales, también hasta las diez de la noche

La nueva resolución permite la reapertura de los establecimientos de restauración de los centros comerciales hasta las diez de la noche, pero respetando también los siguientes requisitos:

  • Es necesario que reduzcan al 30 % el aforo permitido.
  • Además, deben establecer sistemas de control de aforo y flujos que garanticen las medidas de control de aglomeraciones. El acceso y el uso de las zonas recreativas, como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso debe estar restringido.
  • Deben cumplir con las condiciones de ventilación y calidad del aire reforzadas,
  • Siempre deben cumplirse estrictamente las medidas previstas en el correspondiente Plan sectorial aprobado por el Comité de Dirección del Plan de actuación del Procicat.

La restauración ya puede volver a servir cenas

Con la nueva resolución, la restauración puede servir a las mesas con una franja ininterrumpida, de las siete y media de la mañana hasta las once de la noche.

Con respecto al aforo, debe ser del 30 % en espacios interiores, que deben estar siempre bien ventilados. Debe garantizarse una distancia mínima de dos metros, debidamente señalizada, entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes. En el caso de las terrazas, el aforo es del 100% y debe garantizarse una distancia mínima de dos metros, debidamente señalizada, entre comensales de mesas o grupos de mesas diferentes. El consumo se debe hacer siempre en la mesa. Se limita a cuatro el número máximo de comensales por mesa o agrupación de mesas, a menos que pertenezcan a la misma burbuja de convivencia.

Debe garantizarse la distancia de un metro entre personas de una misma mesa, excepto si pertenecen a la misma burbuja de convivencia. El tipo y el tamaño de las mesas deben permitir garantizar estas distancias.

Hay que recordar que todas estas condiciones se aplican también a los establecimientos de restauración integrados en centros, galerías o recintos comerciales.

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