Medidas y limitaciones para realizar reformas de viviendas y locales
Hasta ahora, a raíz de la última orden ministerial (SND 340/2020), del 12 de abril, se prohibían todo tipo de obras en cualquier edificio habitado, a excepción de intervenciones urgentes y suministro esencial. La actual modificación de la medida permite, a partir del domingo, 3 de mayo, llevar a cabo obras en edificios habitados siempre que los trabajos se realicen en zonas delimitadas o en pisos no habitados y a los que no tengan acceso los residentes.
Para poder llevar a cabo las obras, sin embargo, se deben establecer todas las condiciones necesarias para evitar el contacto entre el personal de la obra y el vecindario. Por este motivo, durante el desarrollo de las obras es obligatorio:
- Limitar la circulación de personal profesional y de materiales por zonas comunes no segregadas y evitar el contacto con el vecindario.
- Establecer la entrada y la salida a los locales, viviendas o zonas de obra al inicio y fin de la jornada laboral.
- Los trabajadores y las trabajadoras deben adoptar todas las medidas de higiene y prevención dictadas por las autoridades sanitarias.
También se permite el acceso a zonas comunes del edificio para realizar las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para realizar las obras.


Noticias relacionadas
-
Covid-19
-
Covid-19
-
Covid-19
Covid-19El pago de las cuotas del parque público de viviendas se aplaza un mes más, hasta agosto
07/04/2020 14:45 h