Nuevas medidas para contener la propagación de la COVID-19
El Procitat ha decretado nuevas medidas más restrictivas, que entran en vigor el 7 de enero y se mantendrán hasta el día 24, con el objetivo de frenar la incidencia de la COVID-19, ya que se ha producido un importante empeoramiento de la situación. Estas nuevas medidas conllevan una modificación de las restricciones en el ámbito de la movilidad, el comercio, las actividades extraescolares y de ocio y las actividades deportivas. (Información actualizada el 01/05/2021)
Movilidad, desplazamientos y encuentros sociales
- No se puede entrar ni salir de Cataluña, excepto en casos de urgencia sanitaria, por motivos laborales, cuidado de personas vulnerables, regreso al domicilio habitual y otras causas de fuerza mayor debidamente justificadas.
- A partir del 7 de enero tampoco se puede salir del municipio durante toda la semana, con las mismas excepciones.
- Se restringe la movilidad nocturna entre las 22.00 y las 6.00 horas, excepto en los mismos casos y para la adquisición de productos farmacéuticos y el cuidado de animales de compañía (de 4.00 a 6.00 horas).
- Se limitan los encuentros sociales en un máximo de seis personas, y de dos burbujas de convivencia como máximo. Se recomienda que se limiten los encuentros en espacios cerrados y se hagan preferiblemente al aire libre.
Centros de trabajo
- Se recomienda limitar al máximo la movilidad de las personas trabajadoras, priorizar el trabajo a distancia y favorecer la flexibilidad horaria.
Comercios
- Aforo limitado a un 30 %.
- Los comercios de más de 400 metros cuadrados y los centros comerciales (excepto los locales de menos de 400 metros cuadrados con acceso directo a la calle) estarán cerrados a partir del 7 de enero.
- Los comercios de menos de 400 metros cuadrados permanecen cerrados los fines de semana.
- Los fines de semana solo abren los comercios de carácter esencial: farmacias, supermercados, centros veterinarios, peluquerías y centros de estética, etc.
- Se establecen las 21.00 horas como hora máxima de cierre.
Restauración
- Se permite el consumo en las mesas del establecimiento para los desayunos, entre las 7.30 y las 9.30 horas, y las comidas, de 13.00 a 15.30 horas.
- Aforo interior del 30 %, con una ventilación adecuada, y del 100 % en las terrazas.
- Máximo cuatro personas por mesa, excepto si son una burbuja de convivencia habitual.
- Distancia de 2 metros entre mesas.
- El servicio de recogida en el establecimiento es de 19.00 a 22.00 horas, y el servicio de reparto a domicilio, hasta las 23.00 horas.
Cultura
- Los teatros, cines, auditorios y salas de conciertos pueden abrir con un aforo del 50 % y un máximo de 500 personas, ampliable a 1.000 personas, sentadas y con registro previo, si se cumplen las condiciones de ventilación reforzada y se establece un control de las aglomeraciones.
- En las bibliotecas, los museos, las salas de exposiciones y galerías de arte el aforo es del 50 %.
- Cierre a las 22.00 horas como muy tarde; se permite el retorno posterior a las 22.00 horas.
Actividad deportiva
- Cierran los equipamiento deportivos en espacios cerrados, a excepción de las piscinas, el uso de las cuales se somete también a condiciones especiales de control.
- Es obligatorio el uso de la mascarilla en todo momento.
- Se puede practicar deporte al aire libre, en grupos de como máximo seis personas, entre municipios limítrofes.
- Se mantiene el aplazamiento de todas las competiciones deportivas no profesionales.
- Estas limitaciones no afectan los centros de tecnificación y rendimiento deportivos ni las instalaciones y los equipamientos deportivos profesionales.
Educación y ocio infantil y juvenil
- En las universidades las clases teóricas se mantienen en formato virtual.
- En los estudios posobligatorios (bachillerato, ciclos formativos de grado medio y grado superior), se reduce la asistencia presencial de los alumnos.
- Las actividades extraescolares solo se permiten si se realizan en el mismo centro escolar y con la participación exclusiva del grupo burbuja.
- Suspendidas las actividades de ocio infantil y juvenil.
Transporte público
- El servicio se mantiene al 100 %, así como la oferta de hora punta entre las 6.00 y las 9.00 horas los días laborables.
Actos religiosos y ceremonias civiles
- Aforo del 30 % con un máximo de 500 personas. En espacios al aire libre o cerrados, cuando se cumplan las condiciones de ventilación reforzada, de calidad del aire y de control de acceso, se podrá ampliar la capacidad a un máximo de 1.000 personas, sin superar el aforo del 30 %.
Locales y establecimientos de ocio nocturno
- Los locales de ocio nocturno se mantienen cerrados.
Parques y ferias de atracciones
- Se tienen que mantener cerrados.
Parques y jardines
- No se puede acceder a los parques ni utilizar los juegos infantiles entre las 20.00 y las 7.00 horas, y el aforo se limita al 30 %.
Congresos, convenciones, ferias comerciales y fiestas mayores
- Queda suspendida su celebración presencial.
Actividades relacionadas con el juego
- Se suspende la apertura al público de las actividades de los salones de juegos, casinos y salas de bingo.
Medidas de prevención sanitarias
En todos los espacios y actividades habrá que mantener, como hasta ahora, las medidas de prevención sanitarias adecuadas y garantizar la distancia de seguridad entre personas.
Estas medidas quedan recogidas en el DOGC.

