Uso obligatorio de mascarillas para viajar

La normativa se aplica a todas las personas usuarias del transporte público (tren, metro, bus, tranvía), pero también a las personas que utilizan transportes públicos como viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, como en el caso del taxi, y también en los vehículos de transporte de mercancías y vehículos particulares. En relación con estaciones, intercambiadores y paradas, se establecerán medidas de circulación para evitar aglomeraciones.

04/05/2020 11:25 h

Ecologia Urbana

Desde hoy, 4 de mayo, el uso de mascarillas que cubran la nariz y la boca será obligatorio para todas las personas que utilicen transporte por carretera, ferroviario, aéreo y marítimo (en el caso de los pasajeros de embarcaciones no será necesario cuando se encuentren dentro de su propia cabina).

Así, esta normativa afecta a todas las personas usuarias del transporte público (tren, metro, bus, tranvía), pero también a las personas que utilizan transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, como podría ser el caso del taxi. También se incluyen los vehículos de transporte de mercancías y los vehículos particulares.

Transporte público, discrecional y privado complementario

En el caso del transporte público de hasta nueve plazas, incluido el conductor, como, por ejemplo, el taxi, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la fila de la persona que conduce, garantizando la máxima distancia posible entre las personas ocupantes.

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajes en autobús, así como en los transportes ferroviarios, en los cuales todos los ocupantes tienen que ir sentados, las empresas adoptarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre las personas, de manera que no podrán ocuparse más de la mitad de los asientos disponibles.  En cualquier caso, en los buses, se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor.

En cuanto a los transportes públicos colectivos de viajeros en ámbitos urbanos y supramunicipales en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros a pie, se procurará que las personas mantengan la máxima distancia posible entre ellas, con una norma de dos viajeros por cada metro cuadrado de la zona habilitada para viajar a pie.

Las administraciones competentes pueden establecer los horarios comerciales necesarios con el fin de reducir la intensidad de la demanda en hora punta del transporte público que tienen en su territorio.

Movimientos ordenados en estaciones y paradas

En cuanto a los accesos, estaciones, intercambiadores, etcétera, en los que haya flujo de entrada y salida de personas usuarias, los operadores establecerán y aplicarán medidas organizativas para procurar un movimiento ordenado y evitar aglomeraciones. También reforzarán los mensajes con la normativa aplicada en las zonas donde puedan producirse esas aglomeraciones (estaciones de tren, paradas de metro y bus, aeropuertos, etcétera) con recordatorios sobre la distancia de seguridad y las medidas higiénicas.

Transporte de mercancías y transporte privado

Las personas que desarrollen su trabajo en servicios de transporte que tengan contacto directo con los viajeros también tendrán que llevar mascarilla y tener acceso a soluciones hidroalcohólicas para higienizar frecuentemente las manos.

Por otra parte, en los transportes particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.

En los vehículos que, por sus características técnicas, solo dispongan de una fila de asientos, como en el caso de las cabinas de vehículos pesados (furgonetas, camiones, etcétera), podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas que cubran las vías respiratorias y guarden la máxima distancia posible. Si no puede cumplirse con esta condición, solo podrá viajar el conductor.

 

Etiquetas asociadas a la noticia