Becas
Hay que tener en cuenta que las personas que quieran solicitar una beca en primer lugar tendrán que hacer la inscripción a la actividad escogida, siguiendo las instrucciones del apartado inscripciones de esta web. En el caso de las personas que hagan una inscripción y también soliciten una beca, no tendrán que abonar ningún importe a la entidad que organiza la actividad hasta que el Ayuntamiento comunique a las personas solicitantes el otorgamiento o denegación de la beca y el importe correspondiente. En ningún caso puede optarse a solicitar una beca si previamente no se ha reservado una plaza en la actividad en cuestión
Una vez se haya realizado la inscripción en la actividad escogida, tendrán que tramitar la solicitud de beca a través de la Oficina Virtual de Trámites. Para poder realizar este trámite será necesario disponer del código IDALU (número de identificación de alumno/a) y el código PIN que previamente la entidad habrá facilitado a la familia solicitante de la beca.
Una vez se haya realizado el trámite, la persona solicitante se podrá descargar un comprobante que acredita que la solicitud ha sido enviada correctamente.
Se becará, siempre con un máximo de una actividad por niño/a y cumpliendo los requisitos establecidos, a todos los niños o niñas de la unidad familiar que lo soliciten y que estén empadronados/as en el municipio de Barcelona.
Excepcionalmente, se permitirá acceder a las becas municipales a todos aquellos niños y niñas con necesidades educativas especiales que, a pesar de estar empadronados/as en el Área Metropolitana de Barcelona, estén escolarizados/as por requerimiento del Departamento de Educación dentro del término municipal de Barcelona, y así lo puedan demostrar.
La beca será para un máximo de 10 días en los casales de verano, familiares y Campus Olímpia o deportivos, y de 14 días para las bressols de verano, colonias, rutas, campamentos, salidas culturales fuera de Cataluña y estancias y rutas deportivas.
El Ayuntamiento de Barcelona establecerá anualmente, de acuerdo con la normativa, el importe máximo de la beca a las familias más necesitadas y, de acuerdo con estos criterios, el equipo técnico del Área de Derechos Sociales, Justicia Global, Feminismos y LGTBI valorará las solicitudes presentadas y resolverá los otorgamientos y denegaciones de las ayudas. Dichas becas, en ningún caso, superarán el 90 % del precio máximo recomendado de la actividad, publicado en el anexo 2 del Protocolo de la campaña de actividades de vacaciones de verano para niños/as y adolescentes de 2022.
En función de la base liquidable general de la declaración del año 2020 –casilla 500–, que en el marco de la Campaña de actividades de vacaciones para niños/as y adolescentes se denomina “los ingresos netos anuales”, se becarán, con un máximo de una actividad por niño/a y con el baremo que corresponda, a todos los niños o niñas del núcleo de convivencia que lo soliciten.
El acceso a los tramos de las becas (del 90 %, 60 % o 30 %) irá en función de la renta personal anual de la familia, según el nivel de renta del siguiente cuadro, ampliado para esta edición:
- De 0 a 7.000 €: 90 %
- De 7.000,01 a 9.000 €: 60 %
- De 9.00,01 a 10.000 €: 30 %
Para calcular en cada caso dicha renta, se tienen que dividir los ingresos anuales declarados entre el número total de miembros de la unidad familiar.
Si en el núcleo de convivencia hay un miembro con discapacidad igual o superior al 33 %, esta persona contará como si se tratara de dos personas en cuanto al recuento de ingresos/gastos familiares. En este caso, habrá que declararlo en la solicitud de beca, y el Ayuntamiento hará de oficio la comprobación, si procede.
En el caso de las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % que participen en las actividades, podrán solicitar beca si tienen una edad igual o inferior a los 21 años.
Si la persona solicitante de beca declara que tiene el reconocimiento de familia monoparental, también contará como si se tratara de dos personas en cuanto al recuento de ingresos/gastos familiares. El Ayuntamiento hará de oficio la comprobación.
La Comisión de Ayudas resolverá las solicitudes presentadas, y el día 30 de mayo comunicará la lista provisional de personas beneficiarias de beca.
En caso de denegación de la beca, las personas interesadas podrán presentar sus alegaciones del 31 de mayo al 14 de junio de 2022. De no hacerlo, se supondrá que están conformes.
La lista definitiva se publicará el 20 de junio, aunque las inscripciones ya podrán formalizarse a partir del 30 de mayo, una vez resuelta la reclamación, en su caso.
Para formalizar la inscripción, tendrá que dirigirse a la entidad organizadora de la actividad a través de los datos de contacto que encontrará en cada una de las actividades relacionadas en esta misma web y seguir las indicaciones de cada entidad.
Como novedad de este año, las personas a las que se haya otorgado una beca recibirán un SMS una vez iniciada la actividad solicitándoles que confirmen si los niños o niñas beneficiarios/as han participado en la actividad para la que solicitaron la beca. Este hecho sustituye la firma a mano como recibo de la beca.
FRACCIONAMIENTO DE PAGO
El pago del importe de las actividades podrá fraccionarse, de forma que los usuarios abonen como máximo el 50 % del importe en el momento de formalizar la inscripción y el resto cuando la entidad lo determine, siempre antes del inicio de la actividad.
En caso de que los usuarios sean solicitantes de beca, no tendrán que abonar ninguna cantidad a cuenta.