Elecciones del 12 de mayo: colegio electoral, mesa electoral y voto por correo

El 12 de mayo hay elecciones al Parlamento de Cataluña. En Barcelona, más de un millón de personas tienen derecho a voto. El Ayuntamiento ha habilitado casi 300 colegios electorales, donde se constituirán 1.688 mesas.

08/05/2024 10:54 h

Ajuntament de Barcelona

¿Qué colegio electoral me corresponde, en Barcelona, para ir a votar?

Revisa tu tarjeta censal antes de ir a votar. Si quieres saber dónde tienes que votar, puedes consultarlo llamando al teléfono 010 o en el portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

Para las elecciones al Parlamento de Cataluña del 12 de mayo de 2024, el censo electoral está formado por las personas empadronadas en Barcelona con fecha de 1 de enero de 2024.

Para consultar el censo, hay que disponer, como mínimo, de medios de identificación de nivel bajo (PIN o IdCat Mòbil) o de nivel medio (certificado digital) y solicitarlo en el portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

En caso de que te hayan nombrado miembro de una mesa electoral, también te indicará el cargo que te corresponde. Aquí encontrarás más información.

¿Cómo puedo saber si me han nombrado miembro de una mesa electoral en Barcelona?

Para saber si te han nombrado miembro de una mesa electoral y qué cargo te corresponde, puedes llamar al teléfono 010 o consultarlo a través de este trámite.

¿Qué hay que tener en cuenta?

A la hora de votar es imprescindible llevar el original del documento de identificación personal con fotografía (DNI, pasaporte o permiso de conducir), que es válido aunque esté caducado.

Trámites de urgencia

Durante la jornada electoral, la Oficina de Atención Ciudadana Monumental (en la calle de Sicília, 216-218) abrirá de 9.00 a 19.00 horas para atender trámites de urgencia, dar información general sobre las elecciones, como el horario de las votaciones, resolver consultas de los ciudadanos sobre dónde deben votar, y expedir volantes de empadronamiento para las personas que constan en el padrón municipal antes de la fecha de cierre del censo electoral y que por algún motivo no aparecen. En este último caso, la persona afectada debe ir al INE, que se reserva la potestad de expedir el certificado para que pueda votar.

 

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