Entender los problemas, pensar las políticas, impulsar la seguridad

Patrullatge de la Guàrdia Urbana a la Plaça del Pedró al Raval © Pere Virgili

El incremento significativo de la delincuencia menor en Barcelona se explica por una serie de circunstancias que han afectado a la seguridad: la globalización, el atentado terrorista, las movilizaciones del proceso soberanista... sumadas a un deficiente funcionamiento del sistema judicial y a la falta de efectivos suficientes de los cuerpos policiales. Con un buen diagnóstico se puede hacer frente a esta situación.

“Barcelona es una ciudad segura.” Esta afirmación podría plantear dudas, e incluso interpretaciones contradictorias. Por eso hay que explicar bien qué queremos decir cuando formulamos una aseveración de este tipo. Lo primero que hay que señalar es que no existen las “ciudades seguras”, y que una determinada tasa de hechos punibles es inherente a toda población. En las grandes ciudades, el índice de delitos es más alto porque hay más población, más anonimato, más oportunidades de delinquir y menos posibilidades de ser detectado.

Hay dos factores básicos. El primero es que una gran ciudad como Barcelona forma parte de un fenómeno que denominamos “globalización”, y esta circunstancia, como señala Zygmunt Bauman, tiene consecuencias: “Las ciudades se han convertido en el vertedero de los problemas de origen mundial. Sus habitantes y quienes los representan suelen enfrentarse a una empresa imposible, se mire por donde se mire: la de encontrar solucionas locales a contradicciones globales. [...] Las ciudades contemporáneas son los campos de batalla donde coinciden los poderes mundiales y las obstinadas razones de ser de cada uno de sus habitantes”. [1] Tenemos que añadir que la delincuencia forma parte de esta globalización, y que los municipios, en líneas generales, no tienen los recursos económicos, jurídicos ni institucionales para hacer frente a este fenómeno. Nuestra ciudad no es una excepción.

El segundo factor se refiere al contexto: Barcelona es la capital de una importante comunidad autónoma. Que la delincuencia conocida haya sufrido, en un año, un incremento del 17,7 % requiere una interpretación contextualizada del fenómeno.  Esta interpretación es compleja pero imprescindible, porque un buen diagnóstico permite reconocer los problemas reales, encontrar las políticas públicas y desarrollar las acciones necesarias para resolverlos. En cambio, no reconocer o distorsionar los problemas conscientemente nos conduce a demagogias y confusiones que llevan a quien las practica a ser parte del problema y no de la solución.

La cifra de infracciones penales conocidas en Barcelona desde 2013 hasta 2016 se mantenía en una secuencia relativamente estable, y es a partir de 2017 cuando empieza a crecer significativamente en una curva preocupante. La naturaleza de los delitos que han causado este incremento, y los lugares donde se producen con más asiduidad, son claros. No estamos hablando de un incremento significativo de grandes crímenes contra la vida o la integridad de las personas, sino de hurtos y robos en la calle, en las tiendas o a los transportes públicos. Se producen en los distritos con gran afluencia de personas, mayor presencia de turismo y amplias zonas de ocio, como por ejemplo Ciutat Vella, Eixample, Sants-Montjuïc o Sant Martí.

 

[1] Zygmunt Bauman (2009), Confianza y temor en la ciudad, Barcelona, Arcadia (p. 23 i 25).

 

¿Qué pasó a partir de 2017?

Por un lado, el 17 de agosto de 2017 se produce un grave atentado terrorista en la Rambla barcelonesa. Si bien la gestión posterior al ataque se puede calificar de muy buena por parte de cuerpos policiales, sanitarios, bomberos y la misma ciudadanía, no es menos cierto que el subsiguiente refuerzo de los puntos especialmente sensibles obliga a la policía, y especialmente a los Mossos d'Esquadra —con el apoyo de la Guardia Urbana—, a generar una serie de operativos de protección y autoprotección, y a reforzar lugares estratégicos de vigilancia. Esto, todavía hoy, supone un incremento importante del trabajo policial, en Barcelona y en toda Cataluña.

Por otro lado, los hechos del 1 de octubre y la aplicación, por parte del Estado, del artículo 155 de la Constitución generaron una situación con fuertes repercusiones en materia de seguridad y policiales. En un año el Departamento de Interior vivió el cambio de tres consellers, la presencia interina de un gestor por la aplicación del 155, tres directores generales y tres jefes del cuerpo, así como el procesamiento de buena parte de la cúpula de los Mossos d'Esquadra. El descabezamiento de la cúpula de la consellería de Interior y de los Mossos d'Esquadra dejó a la policía autonómica huérfana de directrices durante bastantes meses, periodo en el que la Guardia Urbana de Barcelona tuvo que redoblar los esfuerzos para ofrecer una presencia adecuada en las calles.

El extraordinario incremento de manifestaciones y concentraciones derivadas de estos hechos han obligado hasta hoy a alterar todos los servicios policiales. Tanto los Mossos, en cuanto al orden público, como la Guardia Urbana, en los cortes y desvíos de tráfico, han destinado muchos efectivos a la protección de cada acontecimiento. Es más, si las manifestaciones o concentraciones son no comunicadas, es necesario desmontar algunos servicios previstos para poder hacer frente a este tipo de contingencias.

A este contexto hay que añadir dos elementos agravantes. El primero es la imposibilidad de crecimiento de las plantillas policiales, afectadas por las leyes estatales de contingencia presupuestaria, que apenas permiten cubrir las vacantes que se producen por bajas y jubilaciones (la suplencia de efectivos se ha tenido que paliar, en lo posible, mediante horas extraordinarias, con costes de millones de euros). El segundo, la incertidumbre provocada por el Estado con el decreto de jubilación de los policías locales a partir de los sesenta años. A pesar de ser positiva, la medida fue gestionada a espaldas de los ayuntamientos, con nula información y sin previsión de sustitución gradual de los agentes jubilados. No se calculó correctamente que el periodo necesario para seleccionar y formar nuevos agentes es de casi un año y medio, lo que genera unos vacíos importantes entre la salida y la entrada de los efectivos.

Todavía hay que añadir una cuestión más que podríamos tildar de determinante: se trata del funcionamiento del sistema judicial y penal como factor generador de distorsiones e impunidades. El retraso de nueve meses en los juicios por delitos leves e inmediatos resulta inaceptable. Se trata de causas que se tendrían que juzgar en un plazo máximo de ocho días y que prescriben al año; es decir, que están al límite de la prescripción. Eso se debe a la existencia de un único juzgado para estas causas, incapaz de absorber la carga de trabajo que supone el incremento de delitos de este tipo, lo que produce un aumento de la actividad policial para impedirlos. La demanda persistente del Ayuntamiento barcelonés, recogida por el Decanato de los juzgados y la Consellería de Justicia de la Generalitat, ha conseguido la puesta en marcha, en febrero de 2019, de un segundo juzgado con carácter provisional. Está por ver su evolución y su eficacia.

Por otro lado, estamos ante un sistema punitivo que parece no prever que estos delitos leves pueden ser cometidos por grupos organizados y profesionales. Y mayor fue la sensación de impunidad cuando la Sentencia 481/2017, de 28 de junio, excluyó la posibilidad de aplicar la múltiple reincidencia a los autores de estos actos. Sería necesario también explorar la vía del delito continuado como factor endurecedor de penas. Se está haciendo, pero con una construcción jurisprudencial pesada y complicada. No obstante, endurecer las penas es una solución de dudosa eficacia si no va acompañada de medidas procesales y judiciales expeditivas y persistentes. De lo contrario, no se hace más que recurrir a la solución “fácil” de incrementar el populismo punitivo sin explorar realmente todas las opciones que confiere el ordenamiento vigente y sin resolver el problema del día a día de los ciudadanos.

Por lo tanto, son muchas las incógnitas que el sistema judicial plantea: ¿cómo operará en términos de eficacia el segundo juzgado? ¿Qué impacto real está teniendo la sentencia 481 en Barcelona, Cataluña y el Estado? ¿Cómo podemos optimizar los recursos judiciales y procesales de la legislación vigente para hacer frente a este tipo de delincuencia?

EVOLUCIÓN DE LAS INFRACCIONES PENALES EN BARCELONA Fuente: Junta Local de Seguridad © Astrid Ortiz EVOLUCIÓN DE LAS INFRACCIONES PENALES EN BARCELONA
Fuente: Junta Local de Seguridad
© Astrid Ortiz

Por otro lado, estamos ante un sistema punitivo que parece no prever que estos delitos leves pueden ser cometidos por grupos organizados y profesionales. Y mayor fue la sensación de impunidad cuando la Sentencia 481/2017, de 28 de junio, excluyó la posibilidad de aplicar la múltiple reincidencia a los autores de estos actos. Sería necesario también explorar la vía del delito continuado como factor endurecedor de penas. Se está haciendo, pero con una construcción jurisprudencial pesada y complicada. No obstante, endurecer las penas es una solución de dudosa eficacia si no va acompañada de medidas procesales y judiciales expeditivas y persistentes. De lo contrario, no se hace más que recurrir a la solución “fácil” de incrementar el populismo punitivo sin explorar realmente todas las opciones que confiere el ordenamiento vigente y sin resolver el problema del día a día de los ciudadanos.

Por lo tanto, son muchas las incógnitas que el sistema judicial plantea: ¿cómo operará en términos de eficacia el segundo juzgado? ¿Qué impacto real está teniendo la sentencia 481 en Barcelona, Cataluña y el Estado? ¿Cómo podemos optimizar los recursos judiciales y procesales de la legislación vigente para hacer frente a este tipo de delincuencia?

Sin recetas mágicas

Si hasta aquí hemos planteado un marco de explicación plausible, el problema de la inseguridad abriría dos conclusiones: la primera es que no sería solo propio de Barcelona, sino de toda Cataluña; la segunda, que no sería comparable a las otras ciudades o territorios estatales, puesto que no han sufrido la aplicación del artículo 155 ni han vivido una evolución socioeconómica comparable (turismo, gentrificación, especulación urbanística, etc.). En cuanto a la extensión del fenómeno, los hurtos y los delitos contra el patrimonio han crecido, en mayor o menor medida, a todo el territorio catalán.

Para hacer frente a esta situación, no hay recetas mágicas ni milagrosas, ni “soluciones exprés”, pero sí que hay que hacer algo serio y perdurable. En primer lugar, es imprescindible comprender, identificar y dimensionar bien el problema, sus causas y su alcance, para poder acometerlo desde una perspectiva compleja y multifactorial.

En segundo lugar, es preciso diseñar políticas públicas de seguridad concretas, que sean claras y comprensibles y que permitan la participación y el compromiso de los ciudadanos. Esta propuesta no será efectiva sin el trabajo conjunto y la implicación de instituciones y ciudadanía en la comprensión del problema y en la investigación de soluciones específicas y adaptadas al territorio. Toda política pública tiene que ser liderada por los poderes públicos y tiene que poder tener concreción real, próxima a los ciudadanos. La puesta en marcha de políticas de proximidad y transparencia y respuestas como, por ejemplo, la policía de barrio a Barcelona constituye un esfuerzo para profundizar en esta línea de intervención.

En tercer lugar, nada de esto será posible sin una estrecha y leal cooperación entre las instituciones públicas que no excluya la participación de las instancias de seguridad privadas. Esta tarea tiene que dirigirse por la vía del servicio público y para la visión de todos los ciudadanos (no solo de los votantes de cada opción) como destinatarios/beneficiarios de las políticas de seguridad. En este sentido, los esfuerzos llevados a cabo por el Ayuntamiento de Barcelona para una cooperación institucional efectiva entre el consistorio y la Generalitat, han llevado a la puesta en marcha de un plan de choque para Ciutat Vella, o de operativos conjuntos con otros estamentos —como por ejemplo Renfe o TMB—, que están dando resultados positivos pero que requieren constancia y continuidad.

En cuarto lugar, hay que reclamar soluciones a la impunidad derivada de una insuficiente respuesta del sistema judicial y penal, que desalienta la ciudadanía y los cuerpos policiales.

En clave organizativa, es necesario mejorar el funcionamiento de los cuerpos policiales, adaptándolos a los cambios sociales de su entorno; aprovechar los recursos humanos y materiales de manera más eficaz e incrementar los efectivos de manera racional y justificada. El despliegue del Plan director de la Guardia Urbana de Barcelona, con sus reestructuraciones y propuestas de mejora, supone un paso en esta dirección. Y la formación constituye un elemento fundamental.

Estas medidas ofrecen soluciones posibles y necesarias, y su impulso está empezando a revertir los efectos de la indeseable situación de 2017. Ahora hay que velar para acabar de cambiarla y, sobre todo, porque no se vuelva a repetir.

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