Los archivos fueron tanto o más débiles que las vidas humanas ante los hechos bélicos y la revolución de 1936. Se destruyeron muchos, sobre todo si estaban relacionados con la religión o la propiedad, para convertirlos en pasta de papel.
Barcelona, gracias a su archivero municipal, Agustí Duran i Sanpere, se convirtió en el centro de operaciones del salvamento de los archivos históricos de la ciudad y de todo el país durante la Guerra Civil españxola. El patrimonio cultural del país, como en todo conflicto bélico, se encontraba en riesgo de ser desatendido por sus responsables y expuesto a los peligros de destrucción y desaparición. Pero, además, el patrimonio documental sufrió no solo las amenazas comunes a cualquier guerra, sino que también se convirtió en un objetivo prioritario de persecución cuando tenía relación con la Iglesia o con la propiedad. En palabras de Duran i Sanpere, “la guerra representaba un riesgo constante para personas y bienes, pero los archivos, públicos o privados, se convirtieron, con la revolución, en especialmente vulnerables, y muchos cayeron y fueron destruidos”.1 “Se tuvo que luchar contra los extremistas que no sentían ningún respeto por los documentos antiguos, mucho menos si eran de carácter religioso o burgués y que exigían pasta de papel para las imprentas de sus periódicos. El Archivo Notarial de la Seu d’Urgell y el de la orden de San Juan de Jerusalén ya habían sido vendidos al trapero cuando logramos rescatarlos. Esto nos obligó a disimular los depósitos y a colocar en ellos rótulos erróneos”.2
Por ello, los archivos del país eran tanto o más débiles ante los hechos bélicos que las propias vidas humanas. “El espectáculo hería profundamente la conciencia de quienes teníamos por misión transmitir los antiguos núcleos documentales de una generación a otra –continúa Duran i Sanpere–. El Archivo Histórico de la Ciudad estaba bien situado para intentar la salvaguarda de los archivos más amenazados, religiosos, notariales y patrimoniales de familias destacadas”.3 “La Casa de l’Ardiaca –o Archivo Histórico de la Ciudad de Barcelona– fue utilizada como lugar destinado a la concentración provisional de los archivos”.4
Respecto a las primeras medidas de protección del patrimonio cultural, un decreto del 24 de julio de 1936 confiscaba a favor de la Generalitat todos los materiales y objetos de interés pedagógico, científico, artístico, histórico, arqueológico, bibliográfico y documental situados en los edificios o locales de instituciones públicas del territorio de Cataluña afectados por los acontecimientos del momento.
La Sección de Archivos de la Generalitat
Agustí Duran i Sanpere, entonces director del Archivo Histórico de la Ciudad de Barcelona y nombrado jefe de la Sección de Archivos del Servicio de Patrimonio Histórico, Artístico y Científico de la Generalitat de Cataluña (por Decreto del 2 de junio de 1936), asumió, en aquellas circunstancias, el salvamento del patrimonio documental del país. “La Sección de Archivos […] fue constituida en junio de 1936. Íbamos a ejecutar un plan minuciosamente premeditado e íbamos a llevarlo a la práctica con calma y método”.5 “Pero los acontecimientos que se produjeron durante el siguiente mes desbarataron todos nuestros propósitos y nos obligaron a centuplicar el trabajo, acudiendo desesperadamente allí donde peligraba un archivo, recorriendo Cataluña de un extremo al otro, en un trabajo que podríamos denominar de Cruz Roja de nuestros archivos”.6
Con el objetivo de salvaguardar los fondos documentales, la Sección de Archivos siguió unas normas constantes: llevar un diario de todas las operaciones realizadas; concentrar los archivos en un reducido número de depósitos, que luego fue reduciéndose más para poder atender mejor su custodia; mantener siempre las indicaciones de procedencia y la integridad de los fondos; proteger los archivos en cajas o en depósitos impermeables situados en los locales más resistentes y disimulados; conservarlos formando paquetes numerados y, en caso de una evacuación obligada, a última hora, donde fuera factible, cerrar los depósitos con pared disimulada.
Con Duran i Sanpere colaboró un numeroso equipo, cuyos miembros se distribuían según las labores a desarrollar: administración (dos personas); recogida y traslado de archivos (veinte personas); ordenación y formación de inventarios (veintinueve personas), y restauración de documentos (cuatro personas). También formaron parte del equipo once sacerdotes que, encontrándose perseguidos, solicitaron su adscripción a la Sección de Archivos para poder disponer de un certificado de trabajo que les permitiera esconder su condición.
El 4 de agosto de 1936, un decreto ponía a disposición de la Generalitat toda la documentación anterior al siglo xix procedente de instituciones públicas, corporaciones y comunidades de todo tipo y patrimonios familiares de la antigua nobleza, así como los archivos municipales, notariales, judiciales, parroquiales, episcopales, conventuales, capitulares y otros similares de Cataluña.
Organización del salvamento
Duran i Sanpere, consciente de las amenazas de la guerra, fue desentrañando los aspectos organizativos del salvamento: “Al igual que se hizo con las obras de nuestros museos, ahora convenía resguardar los archivos catalanes del peligro de los bombardeos aéreos. Con este objeto tenemos en Cataluña dos archivos-refugios, uno para las comarcas occidentales (Poblet) y otro para las comarcas orientales (Viladrau). Por cierto, el traslado de los documentos a estos archivos-refugio se ha hecho por medio de unas cajas especiales, que casi me atrevo a decir que deberíamos patentar. Puede decirse que el Archivo ha sido trasladado al refugio totalmente montado, gracias a estas cajas con estantes. Así, a pesar de tenerlos alejados de Barcelona, no los tenemos almacenados ni mucho menos, sino que se encuentran perfectamente instalados, a disposición de los investigadores que deseen utilizarlos”.7
La nota sumaria de la memoria firmada por Duran i Sanpere en abril de 1939 nos informa de dónde se instalaron inicialmente los archivos-refugio en Cataluña: Lérida, Tortosa, Cervera, Manresa, Reus, Tarragona, Poblet, Barcelona, Vic, Gerona, Ripoll y Viladrau. Pero, “a medida que la evacuación forzosa de las poblaciones lo hacía inevitable, los depósitos que debían desaparecer se concentraban en Viladrau o en Barcelona para no producir confusiones. En los casos en que los archivos se encontraban suficientemente protegidos en su emplazamiento originario se procuró que no salieran, como sucedió en Olot, Cardona, Sabadell, Terrassa, Palamós, Montserrat y otros muchos lugares, así como en el caso del Archivo Notarial de Barcelona; sobre estos archivos la acción de la Sección se limitaba a ejercer la vigilancia posible para retirarlos en caso de presentarse algún peligro”.8
Los depósitos documentales
La ubicación de los depósitos documentales que hicieron posible la instalación y la protección de la documentación se concretó en diversos puntos. La Casa de l’Ardiaca –Archivo Histórico de la Ciudad de Barcelona– se destinó a la concentración provisional de los archivos en verano de 1936, pero también fue necesario utilizar otros edificios de Barcelona, como la casa situada en los números 2 y 4 de la calle Palma de Sant Just, antigua Casa del Retir i de l’Esperança, ofrecida por la Caixa de Pensions i d’Estalvis; el decreto del 21 de agosto de 1936 determinaba el motivo de este destino: “Para que los fondos documentales puestos a disposición de la Generalitat, que sea necesario concentrar en Barcelona, puedan ser ordenados convenientemente antes de darles instalación definitiva en el antiguo Palacio Episcopal”. Por otra parte, el decreto del 29 de septiembre de 1936 establecía que “el Archivo General de Cataluña será instalado en el edificio del ex Palacio Episcopal de Barcelona”, pero finalmente no se llevaron a cabo las obras de adecuación. También se utilizaron la casa del número 2 de la calle Setantí y otra del número 45 de la calle Sant Gervasi.
El convento de la Esperança había sido saqueado y quedó muy dañado, pero sirvió para reunir muchos archivos, clasificarlos según su procedencia y emprender la labor de limpiarlos y ordenarlos, y también la de aplanar los pergaminos que llegaban enrollados y ensacados. Los bombardeos no eran el único factor de riesgo en este lugar, que, por el hecho de tratarse de un convento, atraía a menudo a pelotones poco o muy incontrolados.
Las bombas estallaban a menudo en los alrededores del convento, y fue necesario buscar un nuevo refugio alejado de las zonas que parecían más peligrosas. Se consiguió el monasterio de Pedralbes para instalar el Archivo Histórico General de Cataluña (según decreto del 7 de octubre de 1938) y el cambio se realizó rápidamente. Cuando en el mes de octubre de 1938 cayó una bomba de aviación en la Esperança, ya no quedaban más que escasos metros de estantería ocupada. La explosión destruyó el tejado y las azoteas superiores de la casa, y dañó una gran parte del edificio. Entonces se comprobó la eficacia del sistema de protección que se había adoptado para los legajos y los volúmenes documentales, que consistía en hacer paquetes muy prensados y alineados ajustadamente en las estanterías.
Decidida la evacuación del convento de la Esperança, el traslado de los archivos se hizo, con gran prisa, durante la segunda mitad del mes de octubre de 1938 y a mediados de septiembre se realizaba la conducción a Pedralbes de los fondos documentales acogidos en el Palacio Episcopal. Pedralbes era un lugar tranquilo, fuera del radio habitual de las bombas.
Los documentos procedentes del Palacio de Justicia se instalaron en la Casa Guarro de la calle Setantí. Asimismo, la Casa Maspons i Grassot sirvió para ordenar y custodiar las bibliotecas particulares, cuyos propietarios habían acordado ponerlas al amparo de la Sección. En agosto de 1938 también se trasladó a esta casa de la calle Sant Gervasi documentación procedente de la Casa de l’Ardiaca, después de que este edificio sufriera las consecuencias de un bombardeo.
Respecto al Archivo de la Corona de Aragón, mantuvo una parte de sus fondos documentales y otra parte se trasladó a Viladrau. El Archivo Histórico de Protocolos de Barcelona mantuvo sus fondos.
Fuera de Barcelona se establecieron diversos centros de protección, algunos con carácter provisional y otros más permanentes. Así es como, a raíz de los riesgos de bombardeo en Barcelona, Viladrau se convirtió en el depósito del Archivo General de Cataluña.
Viladrau, población refugio
El 30 de noviembre de 1936 Duran i Sanpere se dirige al consejero de Cultura de la Generalitat, Ventura Gassol, y le expresa el riesgo que comporta mantener los archivos más importantes cerca de los edificios de gobierno de la ciudad. Por esta razón, recomienda depositarlos en Viladrau, pueblo que se encuentra “en el interior de Cataluña y separado de toda ruta importante, que ofrece las garantías necesarias, reforzadas por la oferta que ha hecho aquel ayuntamiento de destinar a este fin el edificio o edificios de mejor emplazamiento y solidez”.9
La Sección de Archivos dispuso de tres casas en el pueblo de Viladrau: “Estas villas son sólidas, espaciosas, aireadas y sin vestigios de humedad”10. Se trataba de la Casa Balcells, la Casa Víuda Crexells y la Casa Trias, además del Mas Noguer, situado a las afueras del pueblo.
Dado que en Viladrau se instaló parte del Archivo de la Corona de Aragón, “el Sr. Duran explicaba que, ante el imaginado rumor de la gente del pueblo de Viladrau que creía que se había escondido allí la corona de los reyes de Aragón, organizó unas visitas culturales para enseñarles lo que realmente se ocultaba”.11
Entre finales de 1936 y principios de 1937 se inició el traslado a Viladrau de los archivos que había en Barcelona y más tarde también otros de todo el país.
Los archivos que fueron protegidos y salvados por la Sección de Archivos, con un equipo humano desplegado en red por todo el país, eran de naturaleza muy diversa: diocesanos, capitulares, conventuales, parroquiales, notariales, gremiales, patrimoniales, municipales, antiguas contadurías de hipotecas, judiciales y de carácter especial, como el Archivo de la Corona de Aragón.
La dictadura franquista
A partir del mes de febrero de 1939, una vez culminada la ocupación militar de Cataluña por parte del ejército franquista, el Servicio de Recuperación Bibliográfica y Documental del bando nacional se encargó tanto del retorno al monasterio de Pedralbes de los archivos que se habían instalado en Viladrau, como de aquellos otros que habían tenido su última ubicación en el mismo monasterio, que fue la última sede del Archivo General de Cataluña en Barcelona, para distribuirlos a sus respectivos lugares de procedencia.
Posteriormente llegaba la depuración de los funcionarios municipales y el procesamiento de los que habían ejercido cargos en las instituciones republicanas y, también, de aquellos que presentaban en su trayectoria algún indicio contrario al nuevo orden impuesto.
Duran i Sanpere tuvo que superar dos procesos judiciales: por una parte, la depuración como funcionario del Ayuntamiento y, por otra, un juicio “sumarísimo de urgencia” en la Auditoría de Barcelona, es decir, un consejo de guerra.
Tras superar el trance, recibió multitud de muestras de solidaridad, aprecio y agradecimiento de personas que habían obtenido su ayuda durante los difíciles tiempos de la guerra. Incluso, terminado el conflicto, muchos particulares que habían confiado sus documentos a la custodia de Duran i Sanpere premiaron la obra bien hecha donándolos al Archivo Histórico de la Ciudad de Barcelona.
Sirva este artículo, pues, como homenaje a todos los que participaron en el salvamento del patrimonio documental catalán durante la Guerra Civil en Barcelona y en todo el país –con un volumen que alcanzó los 20.000 metros lineales de documentos y 150.000 pergaminos– y, en especial, a la profesionalidad y a la personalidad del hombre que lo hizo posible: Agustí Duran i Sanpere.
Notas bibliográficas
1. Duran i Sanpere, A. “Els arxius documentals de Catalunya durant la guerra dels anys 1936-1939”. En: Barcelona i la seva història. L’art i la cultura. Barcelona: Curial, 1975, volumen 3, p. 622.
2. Duran i Sanpere, A. “Nota sumaria de los trabajos realizados durante el dominio del Gobierno rojo para la protección de los Archivos Históricos de Cataluña”. Barcelona: 15 de abril de 1939. Caja 413. Fondo de la Generalitat de Cataluña (Segunda República). Sección de Archivos del Servicio de Patrimonio Histórico, Artístico y Científico. Archivo Nacional de Cataluña (ANC).
3. Op. cit. Duran i Sanpere, A. “Els arxius documentals…” p. 622.
4. Op. cit. Duran i Sanpere, A. p. 623.
5. Op. cit. Duran i Sanpere, A. p. 622.
6. Entrevista a Agustí Duran i Sanpere. “El salvament i la conservació dels arxius de Catalunya”. Última Hora, de 26 de diciembre de 1937. Colección de prensa. Arxiu Agustí Duran i Sanpere. Arxiu Comarcal de Cervera.
7. Ibid. “El salvament i la conservació…”
8. Ibid. Duran i Sanpere, A. “Nota sumaria de los trabajos…”
9. Expediente de Viladrau. Caja 409. Fondo de la Generalitat de Cataluña (Segunda República). Sección de Archivos. ANC.
10. Fragmento del segundo punto acordado entre Duran i Sanpere y Martínez Ferrando para trasladar parte del Arxiu de la Corona d’Aragó a Viladrau, 18 de diciembre de 1936. Comunicaciones oficiales entradas, 1921-40. Secretaría (115 sec.). Arxiu de la Corona d’Aragó (ACA).
11. Entrevista efectuada a Martí de Riquer el 17 de enero de 1996.