Barcelona Cultura
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Artículo 9º. Funciones del Comité Ejecutivo


Corresponde al Comité Ejecutivo el desarrollo de les funciones más ejecutivas del Consejo de la Cultura y, concretamente, las siguientes:

a) Designar hasta cinco personas para que formen parte de la Comisión de Ayudas que deberá proponer la destinación de las subvenciones de apoyo a la creación artística a que se refiere el apartado 4.2. del artículo 2º del presente Reglamento.

b) Proponer a la Presidencia del Consejo las personas que deberán formar parte de los diversos Jurados de los Premios Ciudad de Barcelona (hasta un máximo de nueve personas por cada Jurado), de acuerdo con las Bases reguladoras de estos Premios.

c) Informar preceptivamente, y con carácter previo, sobre:
– La creación de nuevos organismos o equipamientos culturales de carácter municipal.
– Los proyectos normativos y reglamentarios municipales que incidieran en temas de política cultural o artística.
– El nombramiento de los responsables de los equipamientos culturales municipales.

d) Todas aquellas funciones que le encomiende expresamente el Pleno del Consejo.