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Se abre la convocatoria de ayudas Respir Plus 2023 a personas cuidadoras

DEPENDENCIA. El Respiro Plus es un programa de prestaciones económicas que busca mejorar la calidad de vida, tanto de las personas mayores que residen en domicilios privados y necesitan un cuidado continuado, como de las personas que cuidan.

Las personas cuidadores que tienen personas mayores a su cargo ya pueden solicitar las ayudas económicas del programa Respiro Plus, que facilita que las personas mayores con necesidades de cuidado continuado puedan estar temporalmente en una residencia.

El obetivo de este programa dar apoyo a las personas cuidadoras para que puedan disponer de tiempo cuando lo necesitan y, por tanto, mejorar la calidad de vida tanto de las personas cuidadoras como de las personas mayores con necesidad de cuidado continuo que se encuentran en su domicilio.

El programa Respir Plus ofrece ayudas económicas en dos modalidades distintas:

  • En forma de estancia temporal limitada, en un centro residencial privado para personas mayores de su elección, durante un máximo de 45 días naturales a disfrutar en el año 2023.
  • En forma de horas de servicio privado de atención domiciliaria, con un máximo de 186 horas a disfrutar dentro del año 2023.

Las ayudas se pueden solicitar hasta el 15 de noviembre de 2023. La solicitud por vía presencial puede ser presentada en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Barcelona. Igualmente se podrá presentar por vía telemática, mediante el portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona, ​​o cualquiera de los sistemas telemáticos de registro oficial de las administraciones públicas.

Para poder otorgar la prestación, las personas solicitantes tendrán que cumplir los requisitos que se detallan a continuación:

a) Tener 65 años o cumplirlos durante el año 2023 (nacidas durante el año 1958 o antes). Excepcionalmente, serán aceptadas personas de entre 60 y 64 años (nacidas entre 1959 y 1963). En ningún caso pueden optar a participar en el programa las personas nacidas después del año 1963.

b) Estar empadronado/a en un domicilio particular en la ciudad de Barcelona en el momento de la solicitud y sin interrupciones, como mínimo desde el 1 de enero de 2018. Excepcionalmente, se aceptarán las interrupciones en dicho empadronamiento siempre que no supongan un cambio de municipio.

c) Necesitar de un soporte continuado (las 24 horas del día) para llevar a cabo las actividades básicas de la vida diaria.

d) Convivencia entre la persona solicitante de la ayuda y la persona cuidadora. Este criterio se tendrá en cuenta de forma diferente según la modalidad de ayuda Respir plus:

    • En el caso del programa para estancias residenciales en centros asistenciales para la gente mayor, la convivencia entre ambos no será un requisito de imprescindible cumplimiento pero determinará el número máximo de días posibles a disfrutar.
    • En el caso del programa por el servicio de atención a domicilio privado será requisito imprescindible y, por tanto, será necesario acreditar la convivencia.

e) No superar los umbrales económicos establecidos en el punto 4 de las bases de la convocatoria.

¿Cómo y dónde se puede realizar el trámite?

  • Opción 1: presentación telemática, mediante el portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona o mediante cualquiera de los sistemas telemáticos de registro oficial de las administraciones públicas.
  • Opción 2: mediante registro oficial en formato papel, según los mecanismos oficiales actuales establecidos al respecto. En cualquiera de las oficinas de atención al ciudadano del Ayuntamiento de Barcelona o bien mediante cualquiera de los registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Opción 3: De forma presencial con Cita previa. oficina de prestaciones sociales y económicas del IMSS, situada en C. Aragó 344, telf: 932 56 56 48 en el mismo horario de oficina.

Ayuda y asesoramiento para realizar el trámite

Aquellas personas que necesiten asesoramiento para poder presentar la solicitud de la ayuda o requieran un soporte específico para la gestión de la ayuda otorgada (búsqueda de recurso, dudas en la justificación, incidencias que es necesario comunicar al órgano gestor, etc.) podrán dirigirse a:

También pueden llamar por teléfono en el horario de atención de cada equipamiento.

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