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Compartir piso

Dona que obre amb les claus la porta d'un pis (Autor: Mariona Gil)

Puedes compartir piso alquilando una vivienda entera con otras personas (amigos, pareja...) o bien alquilando una habitación. En todos los casos es importante tener en cuenta lo que te explicamos aquí. 

  • Lo que hay que tener en cuenta
  • Formas de compartir piso
  • Cómo hacer un contrato de habitación

Lo que hay que tener en cuenta

Siempre con contrato

Si no te quieren hacer un contrato escrito, intenta que queden recogidos en un correo o mensaje de audio los acuerdos más importantes: la duración, el precio, la fianza, los gastos, la habitación alquilada, los espacios compartidos y las personas implicadas.

Sin prisas

Es recomendable pedir una copia del contrato para analizarlo antes de firmar. Te ayudarán a revisarlo en las Oficinas de la Vivienda de Barcelona y en Joves de Barcelona.

¿Gastos aparte?

Pacta claramente el precio de los gastos compartidos (luz, agua, gas...) y confirma si están incluidos en el alquiler o hay que abonarlos por separado.

Deja constancia de los pagos

Mejor paga el alquiler y la fianza por transferencia bancaria o Bizum. Y si pagas en metálico, pide siempre un recibo. 

Documéntalo todo

Haz fotos el primer día que muestren el estado de la habitación o el piso. Te ayudarán a la hora de recuperar la fianza cuando te vayas.

Con la ley al lado

La Ley de Arrendamientos Urbanos se aplica en los casos de alquiler de un piso entero, pero no en el caso del alquiler de una habitación.

Formas de compartir piso

Cuando alquilas una habitación en un piso donde también vive la persona propietaria.

Puede haber uno o varios contratos de alquiler parcial simultáneos en una misma vivienda. Libremente, la persona propietaria de la vivienda puede hacer alquileres parciales, siempre que quede claro cuáles son los espacios propios y comunes de cada uno de estos contratos. En estos casos la persona propietaria no suele convivir en la vivienda.

Fíjate en que quede claro cuáles son los espacios comunes a los que tienes acceso y que se especifique por escrito cuáles serán las condiciones, derechos y obligaciones: duración, precio, gastos, fianza...

Cuando una persona que alquila un piso completo te alquila a ti una habitación (siempre con la autorización por escrito de la persona propietaria).

Ten en cuenta que:

  • La renta a pagar por la habitación no puede ser superior al importe que paga el inquilino por la vivienda entera.
  • Si el acuerdo de subarrendamiento tiene una duración inferior a la del contrato de alquiler, hay que especificarlo en el contrato, indicando tanto el día de inicio como el de finalización.
  • Cuando el alquiler del piso entero finaliza, también finaliza el contrato de alquiler de la habitación.
  • La vivienda alquilada solo puede subarrendarse parcialmente.

Cuando varias personas alquiláis un piso y todas aparecéis en el contrato.

Todos tienen los mismos derechos y obligaciones, y la renta, la fianza y los gastos se reparten proporcionalmente.

Si alguien deja el piso (aunque el resto de compañeros quieran quedarse), la persona propietaria puede rescindir el contrato, si consta que se ha pactado expresamente así o si cada uno paga por separado y de forma proporcional su parte a la persona arrendadora.

En ese caso, pues, no se entiende que estemos ante lo que se conoce como arrendadores solidarios, y la persona arrendadora puede resolver el contrato.   

Es muy frecuente que se acuerde el alquiler de una habitación de forma verbal. Legalmente, también es válido, pero si hay cualquier problema, no tener el contrato por escrito lo hará todo más difícil.

Pide como mínimo que te hagan un recibo o te envíen un correo electrónico o un wasap en el que aparezcan los pactos a los que habéis llegado y lo que pagas cada mes.

Compartir piso: puedes buscarlo en el servicio de alojamiento para estudiantes de tu centro, o bien en webs de pisos y habitaciones genéricas o específicas para estudiantes.

Mira en los corchos de la facultad o del centro donde estudiarás: suele haber mensajes de otros estudiantes que buscan compañeros y compañeras.

Alquilar un piso entero con otros estudiantes: puedes firmar un contrato de alquiler habitual (con una duración determinada establecida por ley, que podría tener el precio también regulado por ley) o firmar un contrato de temporada con una duración equivalente a un curso académico. En este caso, quedarías fuera de la regulación de precios de alquiler y de todas las ventajas que ofrece la ley a los contratos de alquiler.

Programas de convivencia intergeneracional: en Barcelona contamos con el programa de convivencia intergeneracional Vivir y Convivir, impulsado por la Fundación Roure, una entidad privada sin ánimo de lucro que trabaja acompañando a personas y procurando su inclusión social.

Este programa proporciona alojamiento a jóvenes estudiantes en el domicilio de personas mayores de más de 65 años y no dependientes.

Para acceder al programa, es necesario que el estudiante se haya matriculado en un grado, máster o posgrado universitario, ser mayor de edad y menor de 35 años y tener disponibilidad para dedicar tiempo a la convivencia con la persona mayor.

Vivir en una residencia o colegio mayor: ofrecen habitaciones y apartamentos o estudios, individuales o compartidos, e incluyen la comida. Suelen disponer también de servicios adicionales como gimnasio, salas de estudio o de ocio.

Para acceder, debes haberte matriculado o adscrito a una institución académica.

Podrás encontrar residencias o colegios mayores en los servicios de alojamiento de estudiantes y en las webs de las diferentes universidades.

Cómo hacer un contrato de habitación

Cada año, hacia la primavera, suele abrirse la convocatoria de ayudas al alquiler para jóvenes.

Para solicitar la ayuda debes ser titular del contrato del piso o de una habitación. Si compartes piso y no tienes un contrato de habitación por escrito, es el momento de hacerlo.

En el contrato debe constar la siguiente información:

  • Qué habitación alquilas y los espacios comunes que puedes utilizar.
  • Duración.
  • Importe del alquiler y de los gastos de los suministros.
  • Cómo haces el pago: por transferencia o por Bizum.
  • Firma y DNI de la persona arrendadora.
  • Consentimiento por escrito de la persona propietaria, si alquilas una habitación a alguien que está alquilando el piso.
  • Que alquilas la habitación para que sea tu vivienda habitual y permanente (¡es necesario que te empadrones!).

No es necesario registrar el contrato en el INCASÒL, ni es obligatorio incluir el pago de una fianza o que el contrato tenga un formato específico.

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