Compartir piso
Puedes compartir piso alquilando una vivienda entera con otras personas (amigos, pareja...) o bien alquilando una habitación. En todos los casos es importante tener en cuenta lo que te explicamos aquí.
Lo que hay que tener en cuenta
Siempre con contrato
Si no te quieren hacer un contrato escrito, intenta que queden recogidos en un correo o mensaje de audio los acuerdos más importantes: la duración, el precio, la fianza, los gastos, la habitación alquilada, los espacios compartidos y las personas implicadas.
Sin prisas
Es recomendable pedir una copia del contrato para analizarlo antes de firmar. Te ayudarán a revisarlo en las Oficinas de la Vivienda de Barcelona y en Joves de Barcelona.
¿Gastos aparte?
Pacta claramente el precio de los gastos compartidos (luz, agua, gas...) y confirma si están incluidos en el alquiler o hay que abonarlos por separado.
Deja constancia de los pagos
Mejor paga el alquiler y la fianza por transferencia bancaria o Bizum. Y si pagas en metálico, pide siempre un recibo.
Documéntalo todo
Haz fotos el primer día que muestren el estado de la habitación o el piso. Te ayudarán a la hora de recuperar la fianza cuando te vayas.
Con la ley al lado
La Ley de Arrendamientos Urbanos se aplica en los casos de alquiler de un piso entero, pero no en el caso del alquiler de una habitación.
Formas de compartir piso
Cómo hacer un contrato de habitación
Cada año, hacia la primavera, suele abrirse la convocatoria de ayudas al alquiler para jóvenes.
Para solicitar la ayuda debes ser titular del contrato del piso o de una habitación. Si compartes piso y no tienes un contrato de habitación por escrito, es el momento de hacerlo.
En el contrato debe constar la siguiente información:
- Qué habitación alquilas y los espacios comunes que puedes utilizar.
- Duración.
- Importe del alquiler y de los gastos de los suministros.
- Cómo haces el pago: por transferencia o por Bizum.
- Firma y DNI de la persona arrendadora.
- Consentimiento por escrito de la persona propietaria, si alquilas una habitación a alguien que está alquilando el piso.
- Que alquilas la habitación para que sea tu vivienda habitual y permanente (¡es necesario que te empadrones!).
No es necesario registrar el contrato en el INCASÒL, ni es obligatorio incluir el pago de una fianza o que el contrato tenga un formato específico.
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