30 km/h en todas las vías de un solo carril
El Consejo de Ministros aprobó, el pasado 10 de noviembre de 2020, un real decreto que modifica el Reglamento general de circulación y el Reglamento general de vehículos, en materia de medidas urbanas de tráfico.
De acuerdo con esto, el real decreto modifica el artículo 50 del Reglamento general de circulación rebajando el límite de velocidad de circulación genérico en la vía urbana de 50 a 30 km/h en todas las vías que tienen un solo carril por sentido de circulación, con el fin de disminuir la siniestralidad entre los colectivos más vulnerables.
Este cambio estatal de norma se suma al decreto de Barcelona de principios del 2020, en que el Gobierno municipal estableció el máximo de 30 km/h en todas las calles de la red secundaria de la ciudad, incluyendo las que tuvieran más de un carril o más de un carril por sentido.
El Real decreto entra en vigor seis meses después de publicarse, el 11 de mayo de 2021.