Vehículo compartido
Las personas usuarias de servicios de movilidad compartida no suelen ser conductoras habituales de coche o moto. En general, tienen unos hábitos de movilidad intermodal y utilizan medios alternativos al coche, como la bicicleta, el transporte público y los desplazamientos a pie.
Utilizan este tipo de servicios de vehículo compartido para desplazamientos puntuales y de manera consciente: un carsharing o cualquier otro vehículo compartido puede llegar a sustituir cinco vehículos circulando. Por lo tanto, se trata de un ahorro económico y ambiental importante.
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Más información
En Barcelona operan varias empresas privadas, públicas y cooperativas de vehículo compartido (coches, motos o bicis) que trabajan en varias modalidades de servicio: desplazamiento libre, con estaciones fijas o sin ellas, o desplazamiento circular.
Este decreto regulador marca el número total de licencias en la ciudad y por empresa que se adjudicarán con los límites fijados en la normativa y define el procedimiento para el otorgamiento de licencias, tanto para bicicletas como para motos de uso compartido en la ciudad. También fija las condiciones de uso de la licencia y la obligación de abonar la tasa aprobada por el Plenario Municipal para aparcar en el espacio público.
El número total de licencias para motos y bicicletas se adjudicará a las empresas que realicen la solicitud y cumplan los requisitos. El número de licencias para el primer año para bicicletas de uso compartido en régimen de explotación económica se fija en 3.975 en toda la ciudad, de las cuales se pueden adjudicar a una misma empresa un máximo de 1.325. En el caso de las motocicletas y de los ciclomotores, el total en la ciudad se fija en 6.958, y por empresa, en 2.319.
Cada licencia tiene una vigencia inicial de tres años, que se podrá prorrogar un año más a criterio del Ayuntamiento de Barcelona, con la petición previa del titular. El número total de licencias en la ciudad será revisado cada año, tal como prevé la normativa, para poder llevar a cabo los ajustes necesarios, de acuerdo con la capacidad del espacio público para absorber estos nuevos vehículos.
El otorgamiento de la licencia estará condicionado al pago de la tasa municipal correspondiente prevista en la Ordenanza fiscal 3.10, que para este año 2019 es de 71,51 euros anuales por vehículo. El despliegue se evaluará de forma continua a partir de los datos proporcionados por los operadores.
En caso de incumplir las condiciones de uso del espacio público, se impondrán sanciones de 450,76 euros. Además, el Ayuntamiento también podrá:
- Decomisar vehículos si se utilizan una vez extinguida la licencia.
- Revocar la licencia si no se usa el vehículo durante un periodo superior a veinte días.
- Revocar la licencia si el interés público lo justifica.
Ordenar el espacio público y proteger a los peatones
La movilidad compartida ayuda a combatir la contaminación, a fomentar el uso de la bicicleta y el transporte público y a impulsar el vehículo eléctrico.
El nuevo marco regulador servirá para minimizar los efectos negativos en la ocupación del espacio público y la seguridad vial de este tipo de movilidad en la ciudad.
Entre las ventajas de los servicios de movilidad compartida destacan las siguientes:
- Ahorro de costes de mantenimiento.
- Mejora de la accesibilidad al vehículo.
- Flexibilidad de un servicio prácticamente puerta a puerta.
- Alternativa óptima para evitar el uso del vehículo privado.
- Reducción de costes de amortización y de tenencia de un vehículo.
La convocatoria del procedimiento incluye los requerimientos necesarios para acceder a las licencias, el plazo de presentación y la documentación que hay que presentar. El anuncio se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.
Cada empresa puede solicitar hasta el número máximo de licencias por empresa previstas en la normativa (1.325 en el caso de bicicletas y 2.319 en el caso de motocicletas o ciclomotores). El número total de licencias se dividirá entre el número de solicitantes que cumplan los requisitos y se realizará un sorteo para determinar el orden de adjudicación. En primera instancia, se adjudicará a cada empresa esta cifra o el número total de licencias solicitado si es inferior. La asignación de las licencias restantes se llevará a cabo siguiendo el mismo sistema.
Este límite prácticamente permitirá doblar el parque de vehículos que operan actualmente en Barcelona, siempre que cumplan las condiciones establecidas por la nueva normativa: deben ser vehículos sostenibles y deben estacionarse en sitios habilitados, hay que garantizar el acceso municipal a los datos, el servicio debe distribuirse de manera óptima entre los distritos y está prohibido ceder las licencias otorgadas.
Los vehículos con licencia tendrán que disponer de un número de identificación único y visible para cada vehículo y estar matriculados o registrados de acuerdo con la normativa vigente.
Para la obtención y el mantenimiento de la licencia se establecen unos deberes y unas obligaciones de las personas titulares:
- Respetar la normativa vigente en materia de seguridad vial, circulación, estacionamiento y empleo de la vía pública, así como el resto de la normativa legal y administrativa.
- Disponer de los seguros de responsabilidad civil para cubrir los daños que se puedan ocasionar a terceras personas y al dominio público. En el caso de las motos y de los ciclomotores, deben tener, como mínimo, el seguro obligatorio de responsabilidad civil. Estos seguros se mantendrán durante toda la duración de la licencia.
- Compromiso de responsabilidad social en materia laboral.
- Prohibición de enajenar, ceder o transmitir las licencias otorgadas.
- Constituir una garantía para asegurar el buen cumplimiento de las condiciones de la licencia, que se establece en un 10 % del importe de la tasa para el conjunto de vehículos.
- Facilitar al Ayuntamiento los datos relativos a la geolocalización de todos los vehículos en tiempo real durante las 24 horas en formato accesible.
- Reubicar correctamente los vehículos cuando se detecte que están incumpliendo las obligaciones en materia de estacionamiento en un plazo de 24 horas.
- Garantizar el aparcamiento de bicicletas exclusivamente en los espacios previstos de acuerdo con la normativa vigente, es decir, ancladas en los aparcamientos en forma de U invertida que el Ayuntamiento ha dispuesto en el espacio público.
- No concentrar más del 50 % de la flota de cada operador en la zona centro por un periodo superior a dos horas consecutivas.
Los usuarios y usuarias del servicio de motos y bicicletas de uso compartido seguirán el código de buenas prácticas, que promueve una conducción responsable, sostenible y cívica. Las conductas que pueden suponer la expulsión del servicio son:
- Conducir con una tasa de alcohol que supere la permitida.
- Conducir bajo la influencia de las drogas.
- Conducir de manera temeraria o imprudente.
- Permitir el uso del vehículo a una persona que no sea la registrada.
- Conducir sin permiso de circulación.
- Llevar como pasajero a una persona menor incumpliendo las normas vigentes.
- Utilizar el vehículo para cometer delitos.